En virtud de lo establecido en los artículos 4.13º y 34.2º de la Ley de Galicia 1/1983, de 22 de febrero, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de julio de dos mil,
DISPONGO:
Que cese, por petición propia, José María Fernández Olea como director general de Relaciones Laborales, agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, veintiuno de julio de dos mil.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Antonio Pillado Montero
Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones
Laborales