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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Viernes, 14 de julio de 2000 Pág. 10.927

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 9 de junio de 2000 por la que se aprueba el cambio de dominio mortis causa de la batea Hermo II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión del vivero Hermo II y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

A) Antecedentes de hecho.

Primero: mediante escrito de fecha 28-3-2000, Mª Josefa Ces Suárez solicitó autorización para la transmisión de concesión del vivero Hermo II.

Segundo: los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características del vivero y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

B) Fundamentos jurídicos.

Primero: este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con Orden de 14 de junio de 1999 de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo: el expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, a propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien citar la siguiente resolución:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de José Manuel Novo Ces (76.777.146), de la concesión administrativa del vivero que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Hermo II.

Ubicación: 133 Vilagarcía A.

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 29-4-1972.

Finalización vigencia: 9-6-2002.

Antiguos titulares: José Manuel Novo Caamaño (35.390.364) y Mª Josefa Ces Suárez (76.467.600).

Nuevo titular: José Manuel Novo Ces (76.777.146).

El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, a 9 de junio de 2000.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Rosa Mª Quintana Carballo

Delagada territorial de Pontevedra