Yo, Óscar Méndez Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Carballo, doy fe y testimonio que en el juicio de faltas referenciado se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dice:
«Sentencia número 32/2000. En Carballo, 28 de marzo de 2000.
Javier Fraga Mandián, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de este partido, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 283/1999, seguido por presentar falta de orden público, con intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública y como partes: policía local nº 119222, Francisco Javier González Quintana y Álvaro Ramírez Montoya.
Fallo que debo condenar y condeno a Álvaro Ramírez Montoya, como autor de una falta de realización de actividad careciendo de seguro obligatorio, prevista y penada en el artículo 636 del Código penal, a una multa de un mes a razón de 200 ptas./día, con responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código penal, todo ello con expresa imposición de costas procesales.
Esta sentencia no es firme, y cabe contra la misma recurso de apelación a interponer para ante la Audiencia Provincial de A Coruña en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo».
Y para que conste, a los efectos oportunos y sirva de notificación en legal forma a Álvaro Ramírez Montoya, que se encontra actualmente en ignorado paradero, expido el presente edicto que firmo en Carballo a ocho de junio de dos mil.
El juez
Rubricado
El secretario
Rubricado