Advertido un error en dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 44, del 3 de marzo, procede efectuar la oportuna corrección.
En la página 2.902, en la base segunda, donde dice: «... para el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2000, a razón de 250.000 ptas. mensuales,...», debe decir: «... para el período comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2000, a razón de 285.714 ptas. mensuales,...».