Visto el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Carballo (A Coruña), de fecha 28 de septiembre de 1999, relativo a la supresión del puesto de colaboración de viceinterventor del mencionado ayuntamiento, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Esta consellería, de conformidad con lo establecido en el artículo 241 de la Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración local de Galicia, en el artículo 159.1º del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en el artículo 2.g) del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el uso de las facultades conferidas por el artículo 13.2º.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia,
DISPONE:
La supresión del puesto de colaboración de viceinterventor del Ayuntamiento de Carballo (A Coruña).
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podrá impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdición contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 27 de abril de 2000.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública