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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miercoles, 03 de mayo de 2000 Pág. 7.096

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador E.N. 42/1999 (espacios naturales-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

1. Contra dicha resolución cabe, de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la interposición de recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación. Transcurrido dicho plazo sin haber interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta 3110001181 de Caixa Galicia (2091), oficina 0388. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse

previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 30 de marzo de 2000.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: E.N. 42/1999.

Denunciado. Última dirección conocida: José Luis Ansias Campos. San Roque, 16, Cangas.

Hecho denunciado: practicar windsurf, deporte prohibido en el Complejo Intermareal Umia-O Grove, en las inmediaciones de la marisma de O Bao. Prohibición perfectamente señalizada con carteles. Hechos denunciados a las 18.30 horas del día 10 de agosto de 1999, en las inmediaciones de la ensenada de O Bao.

Precepto infringido: artículo 38.2º de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Precepto sancionador: artículo 38.2º de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Sanción: 10.000 ptas.