En la base común 12 de la Orden de 15 de marzo de 1999 (DOG del 22), se regula y establece la necesidad de realizar prácticas docentes previas al nombramiento de los interesados como funcionarios de carrera, con objeto de valorar las aptitudes didácticas de los aspirantes que aprobaron la fase de oposición.
En su virtud, esta dirección general
RESUELVE:
Primero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de enseñanza secundaria serán nombradas cinco comisiones calificadoras, una para las asignaturas de filosofía, griego, latín, lengua castellana y literatura, francés y lengua y literatura gallega; otra para las asignaturas de música y psicología y pedagogía; otra para las asignaturas de tecnología y educación física; otra para las asignaturas de dibujo, matemáticas y biología y otra para las asignaturas de formación profesional específica formadas por especialistas en las respectivas áreas y que tendrán la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección Central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores de enseñanza secundaria.
Segundo.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores técnicos de formación profesional
será nombrada una comisión calificadora formada por especialistas en las respectivas asignaturas y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección Central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores técnicos de formación profesional.
Tercero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas será nombrada una comisión calificadora formada por especialistas en las respectivas asignaturas y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección Central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores de escuelas oficiales de idiomas.
Cuarto.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores de música y artes escénicas será nombrada una comisión calificadora formada por especialistas en las respectivas asignaturas y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección Central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores de música y artes escénicas.
Quinto.-La Inspección al servicio de la Administración educativa podrá visitar al profesorado en prácticas y emitirá un informe sobre el desarrollo de su función, que será tenido en cuenta por la comisión evaluadora.
Santiago de Compostela, 17 de abril de 2000.
Jaime García García
Director general de Personal