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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Viernes, 14 de abril de 2000 Pág. 6.357

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 22 de marzo de 2000, del Área Provincial de A Coruña, por la que se notifican a los interesados, intentada la notificación a que se refiere al artículo 59 de la Ley 30/1992, las resoluciones de los expedientes sancionadores VP-C 40/1998 y VP-C 4/1999.

Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores, con los números que se indican, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente el beneficiario, causa prevista en el artículo 5.C de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.

A dicha infracción se le impone una multa de 200.000 ptas., sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su recepción.

Y para que conste y sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 22 de marzo de 2000.

Mª Teresa Morán Calero

Jefa de Área Provincial de A Coruña

ANEXO

VP-C 40/1998.

Ramón Torres Mato.

Torre 2-6º D.

Labañou-A Coruña.

VP-C 4/1999.

Manuel Fachado Sayar.

Urbanización Sol y Mar.

Bloque 11, portal 3, escalera 1-1º D.

Oseiro-Arteixo.