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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Jueves, 06 de abril de 2000 Pág. 4.824

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 14 de marzo de 2000 por la que se declaran extinguidos el permiso de actividad y la concesión de una estación depuradora sita en Punta Castelete, Vilaxoán (Pontevedra), otorgada a Miguel Piñeiro Acosta.

Visto el expediente iniciado a Miguel Piñeiro Acosta con DNI 35.379.968 B, en su condición de titular de la estación depuradora sita en Punta Castelete, Vilaxoán (Pontevedra).

Resultando que:

-Con fecha 30-12-1998, la Delegación Territorial de la Consellería en Vigo acordó la incoación del expediente de caducidad a la citada concesión por las causas 56.3 y 72 a) «cese de la actividad de cultivo por un período superior a los dos años, excepto causa justificada» e «incumprimiento de las normas de la concesión», recogidas en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

-El citado acuerdo de incoación de expediente de caducidad y el nombramiento del instructor le fue remitido al interesado con fecha de 8-1-1999.

-La propuesta de resolución del expediente de caducidad le fue remitida al interesado el 3-2-1999, para que se formulasen alegaciones dentro del plazo establecido.

Considerando que:

-Según informa el propio interesado en escrito de 19-10-1998, desde el 23 de noviembre de 1996, el establecimiento no se encuentra en explotación.

-Las alegaciones formuladas no desvirtúan la causa de caducidad recogida en los artículos 56.3 y 72 a) de la citada Ley 6/1993.

-Las instalaciones están fuera de uso y no son operativas según informe de la visita efectuada a las instalaciones por un técnico de la delegación territorial de Vilagarcía.

-Se incumplieron las normas que regulan el título de la concesión.

-El expediente tramitado conforme a derecho y cuenta con informe favorable del Servicio Técnico-Jurídico.

Vistas:

-Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

-Ley 22/1988, de 29 de julio, de costas.

-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

-Decreto 193/1997, de 5 de junio, por el que se determinan las condiciones para el otorgamiento del permiso de actividad para los establecimientos de cultivos marinos y auxiliares ubicados en la zona terrestre.

-Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo de la Ley de costas y demás disposiciones aplicables al caso.

Esta consellería, en el ejercicio de sus atribuciones y competencias,

RESUELVE:

Extinguir el permiso de actividad y concesión administrativa que a continuación se relaciona, otorgada a Miguel Piñeiro Acosta con DNI 35.379.968 B:

Tipo de establecimiento: estación depuradora.

Especies autorizadas: moluscos.

Localización: Punta Castelete, Vilaxoán (Pontevedra).

Superficie dominio público: 46 m para a toma de agua de mar.

Superficie dominio privado: 2.940 m.

Fecha de concesión: O.M. de 27-8-1970 (BOE nº 229, del 24 de septiembre).

Fin de la vigencia: 24-9-1990.

Las causas por las que se resuelve la caducidad del establecimiento vienen recogidas en los artículos 56.3 y 72 a) y e) de la referida Ley 6/1993, y son las siguientes:

1) Encontrarse la estación depuradora sin explotación, incurriendo en causa de caducidad, por cese de la actividad por un período superior a los dos años.

2) Incumplimiento de las normas que regulan el título administrativo habilitante.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación de conformidade con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régime jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2000.

P.D. (Orden 17-12-1997, DOG nº 246, del 22)

Juan José Álvarez Pérez

Secretario general de la Consellería de Pesca,

Marisqueo y Acuicultura