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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 31 de marzo de 2000 Pág. 4.474

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

EDICTO de 25 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por el que se notifican las peticiones de documentación sobre pensión no contributiva de la Seguridad Social relacionada en el anexo.

En el uso de las competencias sobre pensiones no contributivas de la Seguridad Social, reguladas por el Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al haber sido devueltas por el servicio de correos las notificaciones sobre peticiones de documentación enviadas en su día, se notifica a los citados en el anexo, la reiteración de la petición de documentación dictada en relación con sus correspondientes expedientes de pensión no contributiva.

Se procede por el presente edicto, a reiterar la petición de documentación. De no aportar esta documentación en el plazo de 10 días, contados a partir del siguiente a la publicación de este edicto, originará la paralización del expediente, y trancurridos tres meses, se producirá la caducidad de los mismos, con

archivo de las actuaciones practicadas, en conformidad a lo establecido en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 25 de febrero de 2000.

María Dolores Pan Vázquez

Delegada provincial de Pontevedra

ANEXO

Pensionista: Juan Antonio Arena Vera.

DNI: 35.470.585.

Documentación requerida:

Certificado del Padrón Municipal, constatando expresamente el tiempo de residencia legal de los períodos exigidos:

1. Residencia legal o al menos durante 10 años, entre los 16 años y la edad de devengo de esta pensión.

2. Dos de estos 10 años deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. En el caso de que estuviese empadronado en distintos ayuntamientos, a los efectos de cumplir con las fechas de la residencia legal, deberá presentar certificado de cada ayuntamiento, hasta cubrir los periodos requeridos.

Fundamento de derecho:

Artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Pensionista: Manuel Domínguez Rodríguez.

DNI: 53.185.384.

Documentación requerida:

Fotocopia de la libreta bancaria donde conste Ud. como titular.

Fotocopia de las nóminas del año 1999 o certificación de la empresa de los ingresos totales estimados para el mismo año, con especificación de los descuentos efectuados. Referido a su madre (empresa Comunidad de Propietarios Gregorio Espiño) y su hermano José Ramón (empresa Vigo Castro).

Fotocopia compulsada del DNI, en vigor del solicitante, o una copia de su partida de nacimiento.

Fundamento de derecho:

Artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.