De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, someto a información pública la solicitud de autorización administrativa de las instalaciones del parque eólico de Goía-Peñote con las siguientes características:
Peticionario: Gamesa Energía, S.A., Avda. do Cruceiro, 201-A 15705 Santiago de Compostela.
Situación: ayuntamientos de Vilalba, Xermade y Muras (Lugo).
Emplazamiento (coordenadas poligonales en unidades UTM):
V(0.604.000,4.811.500); V(0.606.000,4.811.00)
V(0.605.000,4.810.500); V(0.605.000,4.810.000)
V(0.605.500,4.810.500); V(0.606.500,4.810.000)
V(0.606.500,4.811.000); V(0.607.491,79,4.811.000)
V(0.608.350,4.808.500); V(0.612.000,4.807.244,49)
V(0.612.000,4.807.000); V(0.608.500,4.807.500)
V(0.608.000,4.807.000); V(0.607.000,4.808.000)
V(0.606.000,4.807.500); V(0.605.000,4.809.000)
V(0.605.000,4.809.500); V(0.604.000,4.809.500)
V(0.602.500,4.810.000).
Superficie afectada: 1.463,52 ha.
Potencia bruta: 40,92 MW.
Las entidades públicas o privadas interesadas podrán presentar solicitudes en competencia durante el plazo de 20 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, mediante el procedimiento establecido en el artículo 10 del citado Decreto 205/1995, de 6 de julio, que regula el aprovechamiento de la energía eólica en Galicia.
Lugo, 21 de marzo de 2000.
Jesús Bendaña Suárez
Delegado provincial de Lugo