De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se menciona en el anexo que, con esta fecha, he resuelto publicar la resolución del procedimiento sancionador por infracción administrativa de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, (BOE nº 96, del 22 de abril), por no haberse podido realizar su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación e multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311-000-118/1 de la Caja de Ahorros de Galicia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente en que esta resolución sea ejecutiva. Para efectuarlo deberán emplear el impreso normalizado que les será facilitado en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de Servicios Múltiples-Monelos-A Coruña. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
De conformidad con lo previsto en el 114.1º y concordantes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, dentro del plazo de un mes, contado igualmente, a partir del día siguiente de esta publicación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este se haya presentado, esta resolución será ejecutiva a todos los efectos reglamentarios.
A Coruña, 21 de febrero de 2000.
Rogelio Aramburu Núñez
Delegado provincial de A Coruña
ANEXO
Expediente: R-98/0078.
Denunciado: Eladio Silva Álvarez.
DNI: 10.034.774.
Último domicilio conocido: c/ Jaén, 18-24400 Ponferrada (León).
Hechos denunciados: vertido de líquidos a la playa que por su escasa cuantía o identidad, no merecen la consideración de graves.
Tipificación Ley 10/1998, de residuos: artículo 34.4º c); cualificación leve.
Sanción propuesta: 50.000 ptas.