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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 20 de marzo de 2000 Pág. 3.766

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 15 de febrero de 2000 por la que se autoriza definitivamente la apertura y el funcionamiento del centro privado Cruz Vermella de Ourense, para impartir los ciclos formativos de grado superior de animación sociocultural e integración social.

Examinado el expediente instruido a instancia de Carlos Bragado Gutiérrez, solicitando autorización para la apertura y funcionamiento del centro privado de formación profesional específica Cruz Vermella de Ourense, para impartir los ciclos formativos de grado superior de animación sociocultural e integración social.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Ourense, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de ordenación general del sistema educativo; Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo) por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; Decreto 296/1999 (DOG del 18 de noviembre) por el que se desarrollan determinados aspectos de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG del 31-1-2000) por la que se regulan determinados aspectos relativos a la autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados para

impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que desarrolla dicho decreto.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro de formación profesional específica Cruz Vermella de Ourense, para poder impartir los ciclos formativos de grado superior que se especifican en el anexo de la presente orden.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro.

Tercero.-El centro que por la presente orden se autoriza, deberá cumplir la norma básica de edificación NBE-CPI/1996, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por el Real decreto 2177/1996, de 4 de outubre (BOE del 29). Todo esto sin perjuicio de que tengan que cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica.

Cuarto.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Quinto.-Contra esta orden, que agota a vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de febrero de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Ourense.

Municipio: Ourense.

Localidad: Ourense.

Domicilio: c/ Díaz de la Banda, 40.

Código del centro: 32020641.

Denominación: centro de formación profesional específica Cruz Vermella.

Titular: Cruz Roja Española-Oficina Provincial de Ourense.

Enseñanzas que se autorizan:

Familia profesional: servicios socioculturales y a la comunidad.

1 Ciclo formativo de grado superior de animación sociocultural (1 unidad para 20 alumnos).

1 Ciclo formativo de grao superior de integración social (1 unidad para 20 alumnos).