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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Viernes, 17 de marzo de 2000 Pág. 3.701

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial inicial para el año 2000 del convenio colectivo de la empresa Moyresa Molturación y Refino, S.A.

Visto el expediente de la revisión salarial inicial para el año 2000 del convenio colectivo de la empresa Moyresa Molturación y Refino, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 4-2-2000, suscrito en representación de la parte económica por la empresa, y, de la parte social, por el comité de empresa, el día 24-1-2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 14 de febrero de 2000.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Convenio colectivo. Revisión inicial IPC

previsto año 2000

Parte social:

José Luis García López.

Eduardo Taibo Moscoso.

Antonio López Membila.

Alfredo Pereiro Pereiro.

Manuel Outes Garaloces.

Parte empresa:

Ramón Pitarque Gorospe.

Antonio Iglesias García.

Manuel del Fraile Pascual.

Jaime del Río Mosquera.

En O Burgo-Culleredo (A Coruña), el veinticuatro de enero del año 2000, reunidos los representantes sociales y empresariales reseñados al margen, con objeto de practicar la revisión salarial convenida para el segundo año de vigencia del convenio colectivo de Moyresa Molturación y Refino, S.A., en su centro

de trabajo de O Burgo-Culleredo (A Coruña), conforme al acuerdo adoptado para el período 1 de enero de 1999 al 31 de diciembre de 2000.

Conforme a lo señalado en el artículo veinticinco del convenio colectivo, inicialmente se practica una revisión salarial igual al IPC previsto por el Gobierno para el año 2000, consistente en un incremento del dos por ciento (2%) sobre todos los conceptos salariales en vigor al 31 de diciembre de 1999.

Teniendo en cuenta que el incremento acordado para el año 2000 (segundo de vigencia del convenio actual) quedó fijado en el IPC real resultante al 31 de diciembre de dicho año 2000, una vez conocido el dato definitivo del IPC real resultante al 31 de diciembre de 2000, se regularizará éste al alza o a la baja, practicandose las diferencias en sentido positivo o negativo durante el primer trimestre del año 2001.

En consecunecia, en el mes de enero de 2001 se reunirán de nuevo ambas partes para establecer las

tablas salariales definitivas de aplicación para el año 2000.

Conforme a lo establecido en el acuerdo de convenio (actas nº 4 y 5 de 22-4-1999 y 13-5-1999), con carácter previo a la confección de las nuevas tablas se incorporan en el concepto de complemento de personal las cantidades reflejadas en dichas actas correspondientes a bolsa de vacaciones.

Una vez efectuada la revisión salarial inicial de las tablas salariales, complementos anuales, valor horas extraordinarias y otras compensaciones económicas de convenio que se reflejan en los anexos I, II, III, IV y hoja de compensaciones económicas, por ambas partes se aprueban las mismas conforme a lo convenido en el artículo veinticinco como mejora para el segundo año de vigencia del convenio colectivo 1999-2000 y, en prueba de conformidad, se firman las tablas salariales indicadas en unión de la presente acta en O Burgo-Culleredo, el veinticuatro de enero de dos mil.

ANEXO I

Tabla salarial año 2000. Revisión inicial IPC previsto.

Salario basePlus convenioTotal

MensualAnualMensualAnualanual

Jefe de turno y contramaestre mantenimiento72.9501.021.300106.7781.494.8922.516.192

Oficial 1ª administrativo72.9501.021.300127.0551.778.7702.800.070

Oficial 2ª administrativo72.9501.021.300114.1351.597.8902.619.190

Auxiliar administrativo72.9501.021.300104.6661.465.3242.486.624

Ayudante de laboratorio72.9501.021.300106.9531.497.3422.518.642

Auxiliar de laboratorio72.9501.021.30087.4271.223.9782.245.278

Médico72.9501.021.300502.7197.038.0668.059.366

ATS72.9501.021.300222.8033.119.2424.140.542

Basculero72.9501.021.30088.0701.232.9802.254.280

Guarda72.9501.021.30076.6601.073.2402.094.540

Subalterno-limpiadora72.9501.021.30056.003784.0421.805.342

Oficial 1ª producción/mantenimiento72.9501.021.30064.276899.8641.921.164

Oficial 2ª producción/mantenimiento72.9501.021.30057.818809.4521.830.752

Oficial 3ª producción/mantenimiento72.9501.021.30051.354718.9561.740.256

Ayudante de fabricación72.9501.021.30044.895628.5301.649.830

ANEXO II

Tabla de complementos anuales año 2000.

Revisión inicial IPC previsto.

MensualAnual

Artículo 25º, punto 2.1.1.
1 bienio3.54849.672

2 bienios7.09599.330

2 bienios y 1 quinquenio14.187198.618

2 bienios y 2 quinquenios21.280297.920

2 bienios y 3 quinquenios28.375397.250

Artículo 25º, punto 2.1.1.
Sin antigüedad7.09599.330

1 bienio7.417103.838

2 bienios7.743108.402

MensualAnual

2 bienios y 1 quinquenio8.384117.376

2 bienios y 2 quinquenios9.027126.378

2 bienios y 3 quinquenios9.671135.394

Peligrosidad9.940139.160

Turnicidad, mantenimiento y bocadillo24.040336.560

Correturnos27.930391.020

Plus compensación especial personal

3 turnos

12.672177.408

Plus especial mantenimiento7.02398.322

Plus de retén mantenimiento eléctrico14.047196.658

Plus de retén mantenimiento mecánico7.02398.322

Plus equivalencia27.930391.020

ANEXO III

Valor horas extraordinarias año 2000. Revisión inicial IPC previsto.

Desde el primer

día

1 bienio2 bienios2 bienios y

1 quinquenio

2 bienios y

2 quinquenios

2 bienios y

3 quinquenios

Jefe de turno3.7443.7973.8513.9584.0644.171

Contramaestre de mantenimiento3.4373.4903.5433.6503.7563.863

Oficial 1ª en correturnos3.1583.2123.2653.3713.4783.584

Oficial 2ª en correturnos3.0683.1223.1753.2813.3883.495

Oficial 3ª en correturnos2.9783.0323.0863.1923.2993.405

Ayudante en correturnos2.8912.9442.9983.1043.2113.317

Oficial 1ª en 3 turnos2.9302.9843.0383.1443.2503.357

Oficial 2ª en 3 turnos2.8442.8972.9513.0563.1623.268

Oficial 3ª en 3 turnos2.7542.8072.8612.9673.0723.179

Ayudante en 3 turnos2.6652.7182.7722.8772.9843.090

Oficial 1ª de mantenimiento2.8542.9082.9613.0663.1733.279

Oficial 2ª de mantenimiento2.7652.8192.8712.9773.0833.190

Oficial 3ª de mantenimiento2.6762.7322.7852.8902.9973.103

Oficial 1ª administrativo3.2883.3433.3963.5013.6083.714

Oficial 2ª administrativo3.1123.1663.2193.3243.4313.537

Auxiliar administrativo2.9813.0363.0883.1943.3013.406

Ayudante de laboratorio3.0143.0663.1203.2263.3313.438

Auxiliar de laboratorio2.8542.9082.9613.0673.1733.279

Basculero2.7542.8072.8612.9673.0723.179

Guarda basculero2.7542.8072.8612.9673.0723.179

Subalterno-limpiadora2.3152.3682.4212.5282.6342.740

ANEXO IV

Valor horas extraordinarias.

Revisión IPC previsto 2000.

(Aplicable a partir del 31 de diciembre de 2000).

Bruto hora

extraordinaria

Jefe de turno4.171

Contramaestre de mantenimiento3.863

Oficial 1ª en correturnos3.584

Oficial 2ª en correturnos3.495

Oficial 3ª en correturnos3.405

Ayudante en correturnos3.317

Oficial 1ª en 3 turnos3.357

Oficial 2ª en 3 turnos3.268

Oficial 3ª en 3 turnos3.179

Ayudante en 3 turnos3.090

Oficial 1ª de mantenimiento3.279

Oficial 2ª de mantenimiento3.190

Oficial 3ª de mantenimiento3.103

Oficial 1ª administrativo3.714

Oficial 2ª administrativo3.537

Auxiliar administrativo3.406

Ayudante de laboratorio3.438

Auxiliar de laboratorio3.279

Basculero3.179

Guarda basculero3.179

Subalterno-limpiadora2.740

Otras COMPENSACIONES ECONÓMICAS del convenio a modificar en el año 2000. Revisión inicial IPC previsto.

ArtículoConceptoImporte

18Traslado de turno19.247

262.2.1. Plus de turnicidad, mantenimiento y bocadillo24.040

262.2.2. Plus de peligrosidad9.940

262.2.3. Plus de correturnos27.930

262.2.4. Plus de compensación especial12.672

262.2.5. Plus especial de mantenimiento7.023

262.2.6. Plus de retén mantenimiento eléctrico14.047

262.2.7. Plus de retén mantenimiento mecánico7.023

262.2.8. Plus de equivalencia27.930

27Por nacimiento de hijo36.988

27Por matrimonio73.976