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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 28 de febrero de 2000 Pág. 2.619

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DECRETO 34/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud.

La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece en su capítulo 2º, título II, el régimen general de gestión, recaudación y recursos en materia de precios públicos.

El artículo 12 de la mencionada ley señala que los precios públicos serán fijados por decreto, a propuesta de la consellería de la que dependa el órgano o entidad oferente.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que por el Decreto 16/1991, fueron asumidas por la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud.

Asimismo el artículo 4d) de la Ley 8/1991, de 23 de julio, de reforma de la Ley 1/1989, de 2 de enero, del Servicio Gallego de Salud, en relación a la evolución general de los costes previstos, así como a la inclusión de nuevos servicios sanitarios, establece que el Servicio Gallego de Salud ajustará su actuación a las normas e instrucciones emanadas de la Consellería de Sanidad a la que le corresponde aprobar los módulos económicos para la prestación de servicios propios y concertados, así como su modificación y revisión, previo informe de la Consellería de Economía y Hacienda.

Se hace necesario actualizar y ampliar el Decreto 35/1999, de 11 de febrero, por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en centros dependientes del Servicio Gallego de Salud, para efectos de adecuar las tarifas al coste económico derivado del servicio o actividades prestadas.

Siendo, pues, necesario regular la percepción de los precios públicos por asistencia sanitaria prestada en centros dependientes del Servicio Gallego de Salud,

el Consello de la Xunta de Galicia a propuesta del Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales previo informe de la Consellería de Economía y Hacienda, en su reunión del día once de febrero de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. Se aprueban las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud que figuran en el anexo I y II del presente decreto.

2. Las tarifas contenidas en el anexo I serán aplicables a los servicios sanitarios prestados a pacientes que no sean beneficiarios de la Seguridad Social, así como en aquellos casos en los que siendo beneficiarios, exista un tercero obligado al pago que deba asumir el gasto sanitario.

3. El anexo II recoge las tarifas que se aplicarán como consecuencia de la asistencia sanitaria que se preste en accidentes de tráfico, en aquellos casos que sea de aplicación el convenio marco de asistencia sanitaria para el año 2000 con instituciones sanitarias públicas.

Artículo 2º

La facturación se realizará con las tarifas vigentes el día de la prestación del servicio o, en su caso, las del día de alta del paciente.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el presente decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, once de febrero de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Mª Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

ANEXO I

Precios de servicios sanitarios prestados a pacientes que no sean beneficiarios de la Seguridad Social, así como en aquellos casos en los que siendo beneficiarios, exista un tercero obligado al pago que deba asumir el gasto sanitario.

(En pesetas).

A. Estancias.

1. La tarifa por hospitalización en centros hospitalarios por día de estancia y cama ocupada será de52.431.

Se entenderá por día de estancia y cama ocupada, a efectos de facturación, cuando el paciente se encuentre ingresado en el hospital para la atención del proceso patológico en la hora censal (las cero horas).

2. Cuando el paciente ingrese en un hospital y ocupe una cama de las salas de hospitalización pero no produzca estancia según la interpretación del apartado 1., es decir, sea dado de alta antes de la hora censal, se le facturará esa prestación como media estancia por24.908.

3. La estancia en UVI, UCI, o unidades asimiladas (unidades de atención especializada, servicio de reanimación, unidad de quemados, lesionados medulares o cualquier otra que tenga establecida el centro hospitalario) se facturará por113.244.

4. Por estancia en unidades de psiquiatría de agudos23.247.

5. Por estancia en hotel de pacientes11.183.

6. En la estancia están incluidas las prestaciones de todos los servicios y gastos que originen, excepto las prótesis quirúrgicas, marcapasos y todas aquellas que sean establecidas por la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales como coste independiente de la estancia, recogidas en el apartado C de este decreto como servicios especiales.

7. En el supuesto de estancias con permiso de fin de semana se aplicarán las mismas tarifas de los apartados anteriores.

B. Asistencia ambulatoria en centros sanitarios.

1. Consultas ambulatorias29.000.

Esta tarifa incluye la primera consulta y las dos sucesivas siguientes, para el mismo procedimiento.

2. Por consultas sucesivas y sesiones ambulatorias posthospitalarias7.000.

A partir de la tercera consulta, para el mismo proceso.

3. Por intervenciones quirúrgicas ambulatorias:

3.1 Cirugía mayor ambulatoria:

Proceso asistencial en el que se incluye la realización de un procedimiento de los recogidos en este apartado, así como un máximo de tres consultas (primera consulta y dos sucesivas) y las pruebas diagnósticas necesarias para la realización de dicho procedimiento.

En el supuesto de que el paciente tuviera que ingresar la facturación por estancia sería independiente de la que corresponda por proceso.

EspecialidadProcedimientoTarifa

C. vascularCirugía de varices en M.I.186.408

C. generalBiopsia hepática infantil con anestesia general450.288

Cirugía anal no compleja (hemorroides, fístulas y fisuras)142.440

Escisión y incisión del sinus pilonidal144.072

EspecialidadProcedimientoTarifa

Extirp. de tum. benigna de mama (neo. benigna, mastop. Quist., fibroad., fibroesc.). Se excluyen las biopsias170.280

Herniorrafia inguinal o femoral154.632

Herniorrafia umbilical o ventral186.168

MaxilofacialCirugía articulación témporo-mandibular285.384

Fracturas faciales simples de arco cigomático y malar166.224

Tratamiento quirúrgico de tumor benigno maxilar323.208

OftalmoloxíaCirurxía corrección estrabismo153.936

Cirurxía sobre el polo anterior del ojo244.224

Tratamiento quirúrgico de cataratas195.792

ORLAmigdalectomía e/o adenoidectomía113.640

Endoscopia nasosinusal (inf., ectom. y poliposis)193.824

Microcirugía de laringe156.456

Miringoplastia156.456

Septorrinoplastia165.024

TraumatologíaArtroscopia224.304

Cirugía mayor sobre músculos fascias y tendones210.288

Tratamiento quirúrgico de dedo en resorte198.216

Tratamiento quirúrgico de Dupuytren198.216

Extracción de material de osteosíntesis316.248

Tratamiento quirúrgico de ganglión210.288

Tratamiento quirúrgico de hernia disco258.024

Liberación del túnel carpiano154.632

Tratamiento de Hallux valgus y de otras deformidades de los dedos de los piés269.424

UrologíaBiopsia testicular105.816

Cirugía de hidrocele153.192

Quiste de epidídimo153.192

Escisión de lesión de uretra169.176

Cirugía de fimosis con anestesia general113.664

Orquiopegia144.048

GinecologíaCirugía de genitales externos femeninos. Excluidas las biopsias182.376

Cirugía del cuello del útero. Excluidas las biopsias145.368

Dilatación y legrado uterino129.576

Laparoscopia ginecológica (ligadura)185.304

Quiste de ovario256.008

3.2. Cirugía menor ambulatoria37.000.

Procedimentos quirúrgicos realizados de forma ambulatoria que no estén recogidos en el número 3.1.

En la tarifa están incluidas un máximo de tres consultas (primera consulta y dos sucesivas) y las pruebas diagnósticas necesarias.

4. La administración de fármacos antiinfecciosos en régimen de hospital de día, se facturará a precio de coste.

5. Por urgencia hospitalaria no ingresada35.840.

Comprenderán todas las actuaciones que sea preciso efectuar en el proceso asistencial en urgencias, estando incluidas todas las exploraciones y actos médicos e/o quirúrgicos realizados en urgencias.

En caso de que el paciente tuviera que ingresar esta tarifa sería independiente de la que corresponda por estancia.

6. Sesión laserterapia dermatológica18.000.

C. Tarifas por servicios especiales.

Las tarifas especificadas a continuación como tarifas especiales se facturarán con independencia de la que le corresponda por consulta o, en su caso, estancia.

1. La solicitud de realización de pruebas diagnósticas que no generen consultas o estancias y no se encuentran relacionadas entre estas tarifas especiales, se facturarán por18.267.

2. Procedimientos en salas especiales.

Sala especialEspecialidadProcedimientoTarifa

EndoscopiaDigestivoAlcoholización hepática106.995

Biopsias32.000

Dilataciones tubo digestivo58.000

Dilataciones biliares110.752

Polipectomías, esclerosis terapéutica con argón60.000

Ecografía anal25.000

Manometría anal30.000

Extracción percutánea cálculos biliopancreáticos102.000

Cambio catéter derivación biliar68.024

Colonoscopia31.882

Colocación drenages nasobiliares o biliares internos228.925

Colocación de prótesis coledocopancreáticas300.000

Colocación de prótesis tubo digestivo150.000

Gastro, cistogastro, colecisto, íleo, colon o yeyunostomía percutáneas169.213

Laparoscopia diagnóstica90.662

Laparostomías103.505

Laserterapia endoscópica60.885

Ligadura de varices esofágicas, electrocoagulación bipolar66.000

Manometría esofágica y pHmetría50.000

Terapia ulcerosa endoscópica50.922

NeumologíaBroncoscopia25.572

Excisión o destrucción de lesión bronquial59.000

Excisión o destrucción de lesión pulmonar60.000

UrologíaInstalaciones endovesicales de citostáticos53.400

Cateterismo ureteral o uretral135.000

Cistostomía o nefrostomía percutáneas150.000

Dilataciones175.000

Prótesis metálica ureteral, uretral o prostática200.000

Tratamiento percutáneo fístulas urinarias200.000

Extracción percutánea cálculos urinarios300.000

GinecologíaPolipectomía95.000

Resección de tabique62.000

Extracción de DIU que no puede extraerse de forma habitual58.000

Histeroscopias diagnósticas50.000

Oclusión o recanalización trompas de Falopio150.000

Sala especialEspecialidadProcedimientoTarifa

CardiologíaIntervencionistaAngioplastias225.000

Aterectomías100.000

Biopsia endomiocárdica145.015

Cateterismo (coroariografía)104.610

Marcapaso endocavitario218.076

Marcapaso epicárdico145.015

Marcapaso con implantación ambulatoria104.610

Cierres CIA o ductus500.000

Rotablator300.000

Simpson350.000

Stent350.000

Valvuloplastias percutáneas480.000

No intervencionistaCardioversiones34.000

Ecocardiograma doppler31.882

Estudio electrofisológico23.247

Prueba de esfuerzo30.803

Holter17.491

Eco transesofágico31.882

Eco estrés farmacológico37.434

Marcapasos100.000

NeumologíaEspirometría25.625

NeurofisiologíaExploración electroencefalográfica12.842

Exploración electroencefalográfica con cuantificación (cartografía, reparto de frecuencias, comparación estadística con patrones normales, etc.).31.882

Exploración electroencefalográfica con cuantificación con electrodos implantados44.501

Exploración electroencefalográfica con privación del sueño19.151

Exploración de potenciales evocados auditivos25.572

Exploración de potenciales evocados de tronco25.572

Exploración de potenciales evocados somestésicos25.572

Exploración de potenciales evocados visuales19.151

Exploración de Onda P-30025.572

Exploración de variación contingente negativa25.572

Estudio electroencefalográfico con sistema HOLTER63.653

Exploración electroencefalográfica o subcorticográfica con o sin electroencefalograma con electrodos implantados38.192

Electro-retinograma25.572

Electro-oculograma25.572

Audiometría (objetiva)31.882

Nistagmograma25.572

Reoencefalograma7.639

Estudio neurofisiológico con estimulación magnética y/o eléctrica transcraneal31.882

Electromiograma cuantificado (electromiografía)25.572

Electromiograma fibra aislada50.922

Estudio electromiográfico de esfínteres (electromiografía)31.882

Neurografía con estimulación repetitiva (electromiografía)12.842

Neurografía convencional (electromiografía)7.639

Sala especialEspecialidadProcedimientoTarifa

Neurografía S.N. vegetativo19.151

Estudio neurofisiológico de movimientos anormales (electromiografía)19.151

Polinsomniografía del sueño124.683

OtorrinolaringologíaPruebas laberínticas, nistagmografía26.568

Mes completo de tratamiento de logopedia o foniatría en régimen de sesión diaria.31.882

Sesión aislada de tratamiento de logopedia o foniatría1.883

RadiologíaNeurológicaAngiografía digital diagnóstica42.509

Angiografía digital terapéutica110.478

Arteriografía cerebral81.365

Embolizaciones49.000

Estudio troncos supraórticos102.285

VascularAngioflueresceingrafía39.768

Arteriografía periférica58.118

Arteriografía tóraco-abdominal58.118

Dilataciones80.000

Ecografía doppler-color de troncos supraórticos32.087

Estudio miembros superiores e inferiores32.546

Estudio renal32.546

Fibrinolisis, protésis intravasculares, shunt porto-vaca percutáneo350.000

Flebografía69.740

Aterectomías, filtros de cava305.412

Trombectomía percutánea275.000

Implantación endoprótesis vascular347.680

Angioplastias, embolizaciones, accesos venosos centrales, extracciones cuerpos extraños intravasculares260.760

DigestivaColangiografía retrógrada endoscópica (CRE)89.112

Colangiopancreatografía retrógrada endoscópica (CPRE)94.187

Dilataciones (sesión)58.000

Dilataciones biliares110.752

Drenages biliares percutáneos347.680

Drenages percutáneos75.000

Esclerosis percutánea quistes abdominales, extracción cuerpos extraños60.000

Esclerosis de varices esofágicas66.000

Esfinterotomía152.653

Gastro, cistogastro, colecisto, íleo, colon o yeyunostomía percutáneas169.213

Prótesis coledocopancreáticas300.000

Prótesis tubo digestivo125.000

Shunt portosistémico transyugular1.021.310

Tratamiento percutáneo de fístulas de tubo digestivo60.000

Tratamiento percutáneo de nódulos hepáticos215.000

TorácicaDrenage o esclerosis de colecciones torácicas200.000

Colocación prótesis vías respiratorias300.000

UrológicaBiopsia renal56.512

Cistostomía o nefrestomía percutáneas150.000

Dilataciones175.000

Extracción percutánea cálculos urinarios300.000

Prótesis metálica ureteral, uretral o prostática200.000

Sala especialEspecialidadProcedimientoTarifa

Tratamiento percutáneo fístulas urinarias200.000

Urografías28.516

GinecológicaOclusión o recanalización trompas de Falopio200.000

Otras pruebasEcografías17.131

Densitometrías17.131

Biopsia de mama dirigida por arpón20.280

Placa panorámica4.000

Telerradiografía4.000

Placa lateral de cráneo4.000

Placa periapical o oclusal2.500

Biometría19.361

Campimetría12.558

Topografía20.931

Tomografía computerizada (TC) con o sin contraste37.406

Resonancia magnética (RM) simple sin contraste68.523

RM doble sin contraste87.171

RM triple (médula, columna o abdomen) sin contraste107.121

RM, plus de empleo de contraste19.626

RM, plus de empleo de anestesia19.626

6. Quimioterapia y radioterapia.

3. Anatomía patológica.

Por biopsias de anatomía patológica30.803.

Por biopsias de anatomía patológica con estudio macro y microscópico37.434.

Citología vaxinal16.043.

Citología de esputos16.043.

Estudio sistema nervioso41.861.

4. Hemodiálisis.

Por cada sesión en centros hospitalarios tanto a pacientes hospitalizados como en régimen ambulatorio23.530.

El precio de la sesión de hemodiálisis comprende la analítica rutinaria y las transfusiones que se realicen por indicación médica.

Se aplicará un suplemento por dialización mediante concentradores de bicarbonato por sesión de1.329.

Analíticas de pacientes en hemodiálisis (control trimestral)18.315.

Analíticas de pacientes en hemodiálisis (control rutinario)1.740.

5. Tratamiento mediante rehabilitación y fisioterapia.

Por cada mes completo de tratamiento de rehabilitación en régimen de sesión diaria31.882.

Por sesiones aisladas del tratamiento1.883.

ProcedimientoNivelTarifa

Oncología médicaI23.135

II36.806

III52.580

IV84.129

V115.677

VI136.709

Trat. Espec.157.741

Oncología radioterápicaI78.638

II102.112

III149.060

IV175.999

V210.000

Medicina nuclearI (Hipertiroidismo)34.038

I (Carcinoma de tiroides)105.633

Y (Itrio 90)41.079

P (Fósforo 32)48.045

Sr (Metastrón)220.000

Niveles quimioterapia ambulatoria:

Nivel según

complejidad

DenominaciónAdministración ambulatoria

Nivel I5FU-STN5 fluoracilo y etreptozotocina

ADR intravesicalAdriamicina intravesical

ADR-BLEO-DTIC-VLB aAdriamicina, bleomicina, dacarbacina y vinblastina

ADR-CTX aAdriamicina y ciclofosfamida

BCG intravesicalBCG intravesical

BCNU aCarmustina

5FU-ADR-CTX a5 fluoracilo, adriamicina y ciclofosfamida

ADR-CTX-VCR-PRED aCiclofosfamida, adriamicina, vincristina y prednisona

ADR-CTX-VCR-PRED-BLEO aCiclofosfamida, adriamicina, vincristina, prednisona y bleomicina

BLEO aBleomicina

ARA-C d.b. aCitarabina a dosis bajas

5FU-CTX-MTX d.b. a5 fluoracilo, ciclofosfamida y metotrexato a dosis bajas

MTX-VLB aMetotrexato y vinblastina. Cisplatino

CTX-PROC-VCR-PRED aCiclofosfamida, procarbacina, vincristina y prednisona

ADR-BLEO-VLB-PRED aCiclofosfamida, procarbacina, vincristina y prednisona

CTX-PROC-VCR aAdriamicina, bleomicina y vinblastina

CTX-VCR-PRED aCiclofosfamida, vincristina y prednisona

ADR-CTX-DTIC-VCR aAdriamicina, ciclofosfamida, dacarbacina y vincristina

DTIC aDacarbacina

ADR aAdriamicina

5FU-ADR-CTX a5 fluoracilo, adriamicina y ciclofosfamida

IFX-MESNA-VP 16 aIfoxfamida, mesna y VP16

MTX-VLB aVinblastina y metotrexato en dosis bajas

PROC-CCNU-VCR aProcarbacina, lomustina y vincristina

PROC-CCNU-VCR aProcarbacina, lomustina y vincristina

Nivel según

complejidad

DenominaciónAdministración ambulatoria

ADR-VCR-DEX aAdriamicina, vincristina y dexametasona

ADR-BCNU-VCR-PRED aVincristina, carmustina, prednisona y adriamicina

CTX-L PAM-PRED aCiclofosfamida, prednisona y melfalán

CTX-L PAM-VCR-PRED aCiclofosfamida, vincristina, prednisona y melfafán

VCR aVincristina

LEU-5FU a5 fluoracilo y leucovorín

5FU en bomba de infusión continua ambulatoria5 fluoracilo

Nivel IIIFN AlfaInterferon alfa-2B

CTX-IDA-VCR-PRED aCiclofosfamida, idarubicina, vincristina y prednisona

CTX-EPI-VCR-PRED aCiclofosfamida, epirubicina, vincristina y prednisona

CDA aCladribina

CTX-NOV-VCR-PRED aCiclofosfamida, mitoxantrone, vincristina y prednisona

GEM aGemcitabina

NVB aVinorelbina

CTS-EPI-5 FU aCiclofosfamida, epirubicina y 5 fluoracilo

FLU aFludarabina

GEM aGemcitabina

MITO-VINDESINA-CDDPMitomicina C, vindesina y cisplatino

MITO-MTX-NOV aMitomicina C, mitoxantrone y metotrexato

MTX-NOV aMitoxantrone y metotrexato

NVB aVinorelbina

NVB-EPI aVinorelbina y epirubicina

Pamidronato disódico aPamidronato disódico (ArediaB)

PP-VP 16 aCarboplatino y VP 16

TOM aRaltitrexed

TOP aTopotecan

Nivel IIIEPI-TAX d.b. aEpirrubicina y TaxolB en dosis bajas

DCF aPentostatina

TAX d.b. aTaxolB en dosis bajas ('/= 85 mg/m)

TXT d.b. aTaxotereB en dosis bajas ('/= 45 mg/m)

Nivel IVTAX dm aTaxolB en dosis medias

CPT 11 da aIrinotecan en dosis altas

EPI-TAX dm aEpirubicina y TaxolB en dosis medias

EPI-TXT da aEpirubicina y TaxotereB en dosis altas

PP-TAX dm aCarboplatino y TaxolB en dosis medias

Nivel VPP-TAX da aCarboplatino y TaxolB en dosis altas ()/= 191 mg/m)

Niveles radioterapia:

Nivel de

complejidad

Tipo de tratamientoZona

Nivel IEstudio dosimétrico con cálculo limitado a un punto del haz central // Verificación radiológica // Puede utilizar un campo directo o dos campos directos a dos localizaciones diferentes o bien dos campos opuestos a 180 grados sobre la misma localización, con cálculo de dosis en un plano medio.-Lecho laríngeo-Cadenas ganglionares-Pelvis (2 campos)-Holocraneal-Bazo-Radiocastración-Paliativo de metástasis ósea de una sola localización

Nivel de

complejidad

Tipo de tratamientoZona

Nivel IIDos o más campos por sesión o bien paliaciones con más de dos localizaciones simultáneas o más de dos campos por sesión // Estudio dosimétrico con representación gráfica de distribución de dosis, en un plano como mínimo, y definición de dosis en volúmenes tumorales y críticos. Cálculo con curvas de isodosis // Siempre con simulación // Siempre con verificación.-Mama (2 campos)-Glotis-Base de lengua-Orofaringe y cadenas-Pulmón-Vejiga-Próstata-Esófago-Seno maxilar-Parótida-Recto y lecho rectal-Pelvis ginecológica-Cerebro-Paliativo de metástasis ósea de dos localizaciones simultáneas

Nivel IIIEstudio dosimétrico como en nivel 2 // Siempre con verificación // Con o sin campos conformados // Siempre con simulación // Técnicas pendulares e/o rotatorias o más de dos campos por sesión y dos o más localizaciones // Grandes campos (irradiación corporal local).

Nivel IVPlanificación tridimensional

Radiocirugía estereotáxica

7. Procedimientos especiales.

En el precio que se establece por cada uno de estes procedimientos se consideran incluidas las pruebas diagnósticas y terapéuticas rutinarias o especiales que sea preciso realizar al paciente con anterioridad al procedimiento al que vaya a ser sometido. Honorarios médicos, anestesia, derechos de quirófano, enfermería, estancías en el hospital, medicación, material sanitario, alimentación incluida a nutrición parenteral y enteral y estancias en la unidad de cuidados intensivos que pudiera precisar.

Transplante autólogo de médula ósea3.354.048.

Transplante pulmonar11.836.909.

Transplante cardíaco4.551.139.

Transplante hepático5.713.471.

Transplante renal2.660.523.

Transplante de córnea534.774.

Artroscopias88.339.

Estudio de inmunohistoquímica (ptas./anticuerpo)5.868.

Amniocentesis92.987.

Litotricia renal extracorpórea394.346.

Cariotipo en la médula ósea18.450.

8. Rehabilitación para paralíticos cerebrales.

Por cada mes completo de tratamiento de rehabilitación integral, incluyendo fisioterapia, logopedia, foniatría, terapia ocupacional, ortopedia, y neuropediatría50.922.

Por cada sesión de este tratamiento2.547.

9. Órtesis y prótesis.

Las órtesis y prótesis que sea necesario implantar o adaptar al paciente, así como su renovación o preparación, se facturarán al precio de coste.

10. Hospitalización a domicilio.

Asistencia domiciliaria prestada a pacientes que necesiten técnicas terapéuticas de cierta complejidade.

Por atención prestada a pacientes en régimen de hospitalización a domicilio50.000.

Esta tarifa incluye hasta siete días de hospitalización, a partir del séptimo día la tarifa por cada día de hospitalización a domicilio sería de 8.000 ptas.

11. Copias de historias clínicas.

Por copia de historias clínicas y dos estudios incluidos en ellas2.407.

12. Pruebas de detección de alcoholemia.

Por cada prueba de detección de alcoholemia12.835.

13. Pruebas de detección de drogas.

Detección benzodiazepinas en orina1.570.

Detección opiáceos en orina1.570.

Detección opiáceos en orina1.570.

Detección cocaína en orina1.570.

Detección cannabis en orina1.570.

Detección anfetaminas en orina1.570.

Detección metadona en orina1.570.

Detección alcol en orina1.570.

Detección barbitúricos en orina1.570.

D. Servicios prestados en centros de atención primaria del Servicio Gallego de Salud.

1. Tarifa básica.

Por primera consulta6.864.

Por consultas sucesivas3.433.

Por asistencia en urgencias25.461.

2. Tarifa para consulta con pruebas complementarias.

Por primera consulta8.525.

Por consultas sucesivas4.318.

3. Tarifas para consultas con cuidados de enfermería.

Primera consulta:

Con pruebas10.184.

Sin pruebas8.192.

Consultas sucesivas:

Con pruebas5.092.

Sin pruebas4.097.

4. Consultas de enfermería.

Consultas de enfermería1.440.

5. Consultas a domicilio.

5.a) Sen cuidados de enfermería.

Primera consulta:

Con pruebas10.184.

Sin pruebas8.192.

Consultas sucesivas:

Con pruebas5.092.

Sin pruebas4.097.

5.b) Con cuidados de enfermería.

Primera consulta:

Con pruebas12.289.

Sin pruebas9.853.

Consultas sucesivas:

Con pruebas6.199.

Sin pruebas4.872.

6. Intervenciones quirúrgicas ambulatorias.

Intervenciones quirúrgicas ambulatorias12.616.

7. Radiología básica.

Radiología básica3.574.

E. Servicios de centros psiquiátricos.

1. Por internamiento completo en unidades de media y larga estancia10.407.

2. Por estancias causadas en régimen de hospital de día10.850.

3. Por servicios extrahospitalarios en ambulatorios:

3.a) Consulta médica21.033.

Esta tarifa incluye la primera consulta y las dos sucesivas siguientes.

3.b) Revisiones médicas7.000.

A partir de la tercera consulta.

3.c) Visitas domiciliarias: se aplicarán las tarifas del apartado D. 5.

4 Consulta de psicología:

4.a) Primera consulta6.864.

4.b) Consultas sucesivas3.433.

F. Servicios prestados en centros de orientación familiar.

Consulta de ginecología:

Consulta21.033.

Esta tarifa incluye la primera consulta y dos sucesivas siguientes.

Consultas sucesivas7.000.

A partir de la tercera consulta.

Intervención10.184.

Consulta de psicología:

Primera consulta6.864.

Consultas sucesivas3.433.

Clases de preparación al parto33.720.

G. Unidades de salud bucodental.

Consulta preventiva:

Primera consulta6.864.

Consultas sucesivas3.433.

Intervención10.184.

Consulta higienista dental3.997.

H. Transporte sanitario.

Será por cuenta directa del paciente. En caso de que se realice con medios propios del Servicio Gallego de Salud se facturará aplicando las tarifas que se indican.

Se entenderá por servicio urbano el realizado dentro de la misma localidad y por servicio interurbano el realizado entre dos localidades distintas, computándose la distancia desde la localidad de origen del traslado a la localidad de destino.

Las tarifas por servicios interurbanos serán aplicables cuando del número de kilómetros efectuados en carretera se derive un importe superior, en contraprestación del servicio, al precio por servicio urbano correspondiente a la población donde tenga su base la ambulancia.

1. Ambulancias no asistidas.

1.a) Servicio interurbano por cada kilómetro de:

Transporte programado68.

Transporte no programado73.

1.b) Servicios urbanos:

Para poblaciones de más de 200.000 habitantes:

Transporte programado1.993.

Transporte no programado2.214.

Para poblaciones de hasta 200.000 habitantes:

Transporte programado1.440.

Transporte no programado1.550.

1.c) El tiempo de espera se computará cuando se advierta al conductor de la ambulancia la necesidad del regreso del enfermo por traslados interurbanos, distantes más de 40 kilómetros, abonándose la tarifa establecida a partir de la 2ª hora de espera o fracciones y hasta un máximo de 3 horas, con independencia de que el servicio sea programado o no programado.

Tiempo de espera por cada hora1.883.

2. Ambulancias asistidas.

Se aplicarán las tarifas por ambulancias asistidas cuando el traslado del paciente se efectúe con personas, médico y auxiliar, del Servicio Gallego de Salud. De no ser este el caso, la tarifa aplicable será la correspondiente a ambulancias no asistidas.

2.a) Por cada servicio urbano38.192.

2.b) Por cada kilómetro de servicio interurbano234.

2.c) Por cada hora de espera4.429.

El cómputo y abono del tiempo de espera se realizará tal y como se define en el punto 1.c)

UVI Móvil.

-Personal (médico, enfermero y conductor) precio por hora15.698.

-Vehículo precio por kilómetro405.

I. Dispositivos preventivos o de riesgo controlado.

Establecimiento de dispositivos preventivos y asistenciales, no incluyéndose los gastos de vehículos de transporte sanitario:

Por cada equipo sanitario necesario no dispositivo:

-Coordinación y movilización32.087.

-Por cada hora o fracción de mantenimiento del dispositivo16.043.

ANEXO II

Tarifas de asistencia sanitaria a lesionados en accidentes de tráfico en los supuestos recogidos en el convenio marco de asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico para el año 2000 con instituciones sanitarias públicas con cobertura de responsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículos de motor de suscripción obligatoria, aplicables en las instituciones propias o en las ajenas concertadas en régimen de administración y financiamiento directo.

(En pesetas).

A. Hospitalización.

Por cada día de estancia hospitalaria quedando incluida la totalidad de los gastos asistenciales, pero haciendo excepción del transporte que se facturará en su caso aparte:

Estancia40.500.

Estancia UVI o UCI67.900.

B. Asistencia ambulatoria.

Primera consulta/urgencias18.650.