La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma
de Galicia, en su artículo 6 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por esta consellería y que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 8 de febrero de 2000.
José Antonio Orza Fernández
Conselleiro de Economía y Hacienda
ANEXO
Análise Económica-Financeira das Corporacións Locais Galegas. 1994: 3.000 ptas.