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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 21 de febrero de 2000 Pág. 2.206

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva del estudio de detalle de la unidad de actuación número 35 del vigente Plan General de Ordenación Urbana situada en la calle Doctor Loureiro Crespo, número 8.

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día treinta de octubre de mil novecientos noventa y nueve, acordó aprobar definitivamente el estudio de detalle formulado por Ventrua Reyes Pérez, en su propio nombre y derecho y en representación de Reyes Hermanos, S.L. y en beneficio de María Luisa y Carlos Reyes Pérez y Bienvenido, Jacinto, Eutiquio y Fernando Reyes de la Fuente, con la finalidad de completar las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana para la unidad de actuación número 35, situada en la calle Doctor Loureiro Crespo, habiéndose redactado dicho instrumento urbanístico por el arquitecto Fernándo Lafuente Lestón, con visado de la delegación en Pontevedra del COAG en fechas 10-11-1998 y 13-1-1999, reformando y anulando esta última documentación a la inicial correlativa del estudio de detalle.

En dicho acto administrativo se declaró que, de conformidade con el informe de la demarcación de carreteras del Estado en Galicia del Ministerio de Fomento (Ref. 2146-99), la línea de edificación con respecto a la CN-541, será la que consta en el Plan General de Ordenación Urbana de este término municipal y el radio mínimo de giro en el bordillo de las aceras será de cinco mestros, recordándose a los promotores que en el proyecto de urbanización que se formule, la relación entre aceras y calzadas se realizará según la sección transversal tipo prevista en el plan general pra calles de 14 metros y que en los proyectos de edificación se tendrá en cuenta la normativa general y la correspondiente a su situación dentro de la zona residencial intensiva a efectos de su estricto cumplimiento, determinaciones que en ningún caso pueden considerarse modificadas por el estudio de detalle.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse directamente por quienes se consideran legitimados el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la disposición impugnada, conforme a lo establecido en los artículos 10-1-6) y 46-1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho, significándole el artículo 107-3 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, no admite

la interposición de recursos en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

Pontevedra, 10 de enero de 2000.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente

Julio Dapena Outomuro

Secretario general