Por la presente cédula, se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimos domicilios conocidos se señalan en el anexo, las notificaciones sancionadoras dictadas por el jefe del Servicio Provincial de Transportes de Lugo, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer alegaciones, ante el Servicio Provincial de Transportes, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
Y para que conste y sirva de notificación, a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de noviembre, sobre régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), expido, firmo y sello la presente cédula en Lugo a 28 de diciembre de 1999.
Antonio Lage González
Jefe del Servicio Provincial de Transportes de Lugo
ANEXO
infringido sancionador propuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Último domicilio conocido -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-2043-AN
G.C. Tráfico B. Arco-Nogueira, 1
36867 Ponteareas (Pontevedra)
20-10-1999; 19.43; N-540; 13,500
PO-3618-BM
G.C. Tráfico Samieira A, C. Soutro, 39
36992 Poio (Pontevedra)
30-10-1999; 2.40; N-540; 13,500
M-8152-JY
G.C. Tráfico Avilés, 10
33600 Mieres del Camino (Asturias)
28-10-1999; 18.25; C-641; 6,300
C-2230-BT
G.C. Tráfico Pg. industrial de Sabón, 142
15142 Arteixo (A Coruña)
18-11-1999; 17.55; N-640; 89
LU-0803-M
G.C. Tráfico O Currial, 3
27600 Sarria (Lugo)
22-11-1999; 8.27; C-546; 22
M-4887-JK
G.C. Tráfico Río Cobas, 11-2º F
324 Ourense
15-11-1999; 16.07; C-535; 36
LU-0803-M
G.C. Tráfico O Currial, 3
27600 Sarria (Lugo)
22-11-1999; 8.27; C-546; 22
LU-5954-F
G.C. Tráfico Rececende, s/n
27720 Pontenova (Lugo)
24-11-1999; 12.01; N-640; 52
CS-8725-AN
G.C. Tráfico San Lucas, 10-2º Izqu.
154 A Coruña
29-10-1999; 11.30; N-642; 39,600
LU-7081-D
G.C. Tráfico Polígono do Ceao, s/n
27290 Lugo
10-11-1999; 9.30; LU-6625; 3
LU-01811-O-1999
Inst. Artísticas Manolo, S.L.
Circular transportando carga útil, con un peso total de 5.300 kg, estando autorizado para 3.500 kg, exceso: 1.800 kg.
Art. 200.3º del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 125.000 ptas. LU-01845-O-1999
José Blanco Rodríguez
Circular transportando carga útil en régimen de servicio privado complementario, careciendo de tarjeta de transportes.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 do R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 ptas. LU-01852-O-1999
Félix Valdavida Antón
Circular transportando carga útil en régimen de servicio privado complementario, careciendo de tarjeta de transportes.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 do R.D. 1211/1990 Art. 143 Lei 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 ptas. LU-01968-O-1999
Nivelmatic, S.A.
Realizar un transporte de cristales de vidrio para ventanas, en régimen de servicio privado, careciendo de autorización de transportes; asimismo carece de distintivos de radio de acción.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 ptas. LU-01974-O-1999
Const. López Vilaro, S.L.
Realizar un transporte de material de construcción (cemento y ladrillos), en régimen de servicio privado complementario de mercancías, careciendo de autorización de transportes. Ostenta distintivos de tarjeta de ámbito nacional.
Art. 103 de la Lei 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 ptas. LU-01998-O-1999
José Ángel González Pumar
Realizar un transporte de piedra, en régimen de servicio público, con un peso en bruto de 28.000 kg estando autorizado según su peso máximo para 26.000 kg. Exceso: 2.000 kg.
Art. 200.3º del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 ptas. LU-02020-O-1999
Construcciones López y Vilaro, S.L.
Realizar un transporte de cemento y ladrillo, en régimen de servicio privado complementario, con un peso en bruto de 5.450 kg. Estando autorizado para 3.500 kg. Según su peso máximo. Exceso: 1.950 kg.
Art. 200.3º del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 125.000 ptas. LU-02025-O-1999
Albino Travadelo González
Realizar un transporte de madera de eucalipto en troncos, con un peso bruto de 41.150 kg. Estando autorizado el vehículo para 38.000 kg. Exceso: 3.150 kg.
Art. 200.3º del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 60.000 ptas. LU-02080-O-1999
José Manuel Caveda Senra
Realizar un transporte de prensa, en régimen de servicio público, no llevando a bordo el contrato de arrendamiento en vigor. Vehículo propiedad de Record Rent a Car, S.A. Nota: presenta un contrato nº 154307 caducado.
Art. 24 de la Orden de 20 de julio de 1995, sobre el arrendamiento de vehículos sin conductor (BOE número 183, del 2 de agosto) Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 10.000 ptas. LU-02116-O-1999
Obras Galiza, S.A.
Realizar un transporte de gravilla, en régimen de servicio privado con autorización nº 06565731-1, careciendo de todos los distintivos.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30) Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 15.000 ptas.