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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miercoles, 02 de febrero de 2000 Pág. 1.350

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 19/2000, de 12 de enero, por el que se declara la urgente ocupación, para efectos de expropiación forzosa, por la Diputación de Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto 31 zona de acción especial suroeste 98 Sober-carretera provincial de Sober a Vilachá, por Gundivós, ampliación y afirmado, punto kilométrico 0,3-1,3.

La Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebrada el día 24 de abril de 1998, aprobó el proyecto de 31 zona acción especial suroeste 98 Sober-carretera provincial de Sober a Vilachá, por Gundivós, ampliación y afirmado, punto kilométrico 0,3-1,3 y en la sesión del 28 de diciembre de 1998, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Por la diputación fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 23 de diciembre de 1999.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente expropiación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable con fecha 19 de abril de 1999.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque las obras de referencia figuran en un programa de cooperación económica local y los terrenos son necesarios para la iniciación de las obras dentro de los plazos señalados por la normativa al respecto.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día doce de enero de dos mil,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación de Lugo a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto 31 zona acción especial

suroeste 98 Sober-carretera provincial de Sober a Vilachá, por Gundivós, ampliación y afirmado, punto kilométrico 0,3-1,3.

Santiago de Compostela, doce de enero de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales