Por medio de esta cédula se notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que contra dichas resoluciones, que se transcriben definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe
rior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones, deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 1999.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Última dirección conocida -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta recurso
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
-Resolución
LU-6825-F
G.C. Tráfico Carretera Fabero (Columbrianos) s/n
24490 Ponferrada-León
16-6-1998; 17.20; C-533; 28,100 16/1987 y Art. 158 del
Real decreto 1211/1990 16/1987, 201 del Real
decreto 1211/1990OU-02816-S-1998
Eduardo Augusto
Realizar transporte privado complementario de mercancías, utilizando una autorización expedida a nombre de otra persona.
Art. 103 de la Ley
Art. 143 de la Ley
50.000 ptas. Desestimado