Por la presente cédula, se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimas direcciones conocidas se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de Pontevedra, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada, ante el Director General de Transportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda Gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones nº 311.500.007.9 de Caixa Galicia, oficina principal de Pontevedra, en el plazo de quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo, y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la viegente Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27).
Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (OBE nº 285, del 27 de noviembre), expido, firmo y sello la presente en Pontevedra a 12 de noviembre de 1999.
Mª Cruz Tomé Navas
Jefa del Servicio Provincial de Transportes
de Pontevedra
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-3061-AN
G.C. Tráfico Carretera Torroso, s/n Tameiga
36415 Mos (Pontevedra)
21-1-1999; 18.15; N-550; 170
PO-00024-O-99
Discovi, S.L.
Circular transportando productos alimenticios de Vigo a Portugal careciendo de distintivos de radio de acción en ambos laterales del vehículo. Sólo lleva uno en la parte posterior. Servicio privado.
O.M. de 25 octubre de 1990 (BOE 30) Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 10.000 ptas.
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-9090-AM
G.C. Tráfico Avda. Vigo-Chapela, 182
36320 Redondela (Pontevedra)
28-1-1999; 16.45; N-525; 302,400
PO-7425-Z
G.C. Tráfico Beiramar-Campelo, 82
36994 Poio (Pontevedra)
8-3-1999; 10.30; C-531; 13
S-2307-T
G.C. Tráfico Avda. Terra Chá, 33
27373 Begonte (Lugo)
14-9-1998; 9; C-500; 82
C-2079-BP
G.C. Tráfico Frco. Tettmancy
15157 A Coruña
20-10-1998; 16.20.33; N-525; 304
M-8063-UZ
G.C. Tráfico Monte Faquiña, 221
36416 Mos (Pontevedra)
12-11-1998; 12.05; N-558; 0,800
PO-00188-O-99
D-DOS Vigo, S.L.
Realizar un transporte de paquetería, careciendo de la correspondiente autorización de transportes. Servicio privado.
Art. 199,b) del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000 ptas. PO-00577-O-99
Jorge Garnelo Abilleira
Circular transportando refrescos careciendo de distintivos de ámbito de transporte en la parte posterior. No acreditar el conductor relación laboral o familiar con la empresa. Servicio privado.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30) Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000 ptas. PO-01497-O-98
José Méndez Gómez
No realizar el visado de la autorización en el plazo dado por la administración. Realiza un servicio público.
Art. 199,b) del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000 ptas. PO-01717-O-98
Carlos García García
Circular con un vehículo alquilado, sin conductor, careciendo del correspondiente contrato de arrendamiento.
Art. 17 de la Orde de 20 de julio de 1995, sobre el arrendamiento de vehículos sin conductor (BOE nº 183, del 2 agosto) Art. 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 10.000 ptas. PO-01881-O-98
Distribuciones Rapica, S.L.
No llevar a bordo del vehículo el contrato de arrendamiento. Realiza un servicio privado complementario.
Art. 17 de la Orden de 20 de julio de 1995, sobre el arrendamiento de vehículos sin conductor (BOE nº 183, del 2 de agosto) Art. 143 Lei 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 10.000 ptas.