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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 26 de noviembre de 1999 Pág. 13.949

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 5 de noviembre de 1999 por la que se declara de interés gallego la Fundación Observatorio Urbano do Eixo Atlántico y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones, sección de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

En fecha 20 de octubre de 1999 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 5 de octubre de 1999, por la que se clasifica como mixta la Fundación Observatorio Urbano do Eixo Atlántico, adscribiéndola a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública que tendrá que ejercer plenamente el protectorado sobre ella.

La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Vigo, el día 2 de abril de 1998, ante el notario Álvaro Moure Goyanes, con el número seiscientos uno de su protocolo, por Manuel Pérez Álvarez que interviene en nombre de la Asociación do Eixo Atlántico do Noroeste Peninsular; esta escritura fue subsanada por otra posterior de diecisiete de septiembre de 1999, otorgada en Vigo ante el notario José Luis Lorenzo Areán y con el número de protocolo dos mil quinientos veinticuatro.

Esta fundación, al amparo de lo establecido en el artigo 6 de sus estatutos, tiene por objeto y finalidad, entre otros, la creación del Observatorio Urbano do Eixo Atlántico, que tiene por objetivo principal la implantación de un sistema permanente de recogida y difusión de datos cuantitativos y cualitativos en los ayuntamientos que se integran en la asociación de ciudades del Eje Atlántico del Noroeste Peninsular, que contribuyan a la mejora del conocimiento sistemático de la realidad socioeconómica de Galicia y el norte de Portugal, configurando un sistema de alerta sobre el comportamiento de aquellas variables que mejor reflejen el dinamismo económico de las dos regiones.

Por todo ello, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34.12º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora da Xunta de Galicia y su presidente, y según lo establecido en los artículos 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y 32.3º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones de Interés Gallego,

DISPONGO:

Articulo único:

1. Declarar de interés gallego la Fundación Observatorio Urbano do Eixo Atlántico al cumplir sus estatutos las prescripciones que a tal efecto señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

2. Ordenar la inscripción de la Fundación Observatorio Urbano do Eixo Atlántico en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, a los efectos constitutivos que señala la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 1999.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública