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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miercoles, 24 de noviembre de 1999 Pág. 13.862

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 2 de noviembre de 1999 por la que se aprueba el cambio de dominio de una batea de cultivo de mejillón denominada Tino número 7, a favor de Carlos Fernández Triñanes.

Visto el expediente de cambio de dominio que a continuación se menciona, instruido a efectos de la transmisión de la concesión administrativa pertinente y del establecimiento que la ampara; teniendo en cuenta que el interesado obtuvo la autorización previa prevista en el artículo 59.3º de la Ley 6/1993 de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG nº 101, del 31) y en el artículo 10 del Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG nº 228, del 21) y que fue acreditada la transmisión de derechos y abonados los impuestos correspondientes.

Esta consellería, en virtud de las atribuciones conferidas, a la vista del informe favorable del Servicio Técnico-Jurídico, acordó acceder a lo solicitado, proclamando la nueva titularidad de la concesión y del establecimiento que se relaciona a continuación:

Denominación de la batea: Tino nº 7.

Cultivo: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Localización: Caramiñal C, cuadrícula 35.

Fecha de la concesión: 29-2-1964.

Fecha en que finaliza la última prórroga: 30-3-2004.

Anteriores concesionarios: Mª Ramona Triñanes Hermo (33.112.460) y Benigno Fernández Hermo (33.122.647).

Nuevo titular de la concesión y batea: Carlos Fernández Triñanes (52.932.667).

El nuevo titular queda subrogado en los mismos derechos y obligaciones de los anteriores concesionarios, así como obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables y de categoría suficiente.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, que se interpondrá en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13

de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y en el artículo 46.1º de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 2 de noviembre de 1999.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24)

María José Cancelo Baquero

Delegada territorial de A Coruña