Por medio de esta cédula se notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones sancionadoras, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que contra dichas resoluciones, que se transcriben definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe
rior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 26 de octubre de 1999.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Última dirección conocida -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta recurso
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
-Resolución
PO-3575-AL
Agentes 44 e 74 Obispo Salvado, 1
36700 Tui (Pontevedra)
PO-00012-I-1999
Humberto Miranda Méndez
Realizar un transporte de viajeros careciendo de autorización. Vehículo auto-taxi; 21-1-1999; 11.15 Artículo 90 de la Ley 16/1987 y 109 del R.D. 1211/1990 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 100.000 ptas. Desestimado