La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6 señala la obligación de
que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicadas en el Diario Oficial de Galicia. Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable por la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería,
DISPONE:
Artículo único.
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones editadas por esta consellería que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán, en su caso, con el IVA incluido.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 1999.
Jesús Pérez Varela
Conselleiro de Cultura, Comunicación Social e Turismo
ANEXO
Jürgen Partenheimer. Escultura, pintura e debuxo: 2.500 ptas.