El 16 de junio de 1998, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Lugo dictó un auto en el que declaró a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera legal de Josefina Rodríguez Rodríguez.
La Comunidad Autónoma gallega tomó posesión de los bienes hereditarios conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1º del Decreto 94/1999, de 25 de marzo, que regula la sucesión intestada a favor de la Comunidade Autónoma.
Según el artículo 153.2º de la Ley 4/1995, de 24 de mayo, de derecho civil de Galicia, dichos bienes serán destinados a establecimientos de asistencia social o a instituciones de cultura, preferentemente radicados en la residencia habitual de la persona fallecida y, en todo caso, en territorio gallego.
En consecuencia, se hace público el siguiente
ANUNCIO
En ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General y del Patrimonio en los artículos 7 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega y 4º.1º b) del Decreto 13/1997, de 23 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del citado Decreto 94/1999, se abre el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que los posibles beneficiarios de los bienes de la sucesión intestada de Josefina Rodríguez Rodríguez, fallecida el 24 de marzo de 1997 con vecindad en el ayuntamiento de Lugo, formulen alegaciones ante la Consellería de Economía y Hacienda.
El expediente podrá examinarse en la Subdirección General del Patrimonio, con domicilio en Área Central, Local nº 7N-1ª planta, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 1999.
Emilio Álvarez Rey
Secretario general y del Patrimonio
de la Consaellería de Economía y Hacienda