Por Orden de 20 de mayo de 1999 se dispone la protección de las razas bovinas autóctonas en peligro de extinción, de acuerdo con el Plan integral de mejora genética del ganado vacuno de Galicia.
Para la correcta gestión y desempeño técnico del programa de ayudas contemplado en dicha orden es necesaria la modificación del artículo 6.3º, así como el párrafo segundo del artículo 7º.
Por todo esto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1º 3 del Estatuto de autonomía de Galicia, en uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, reguladora de la Xunta y de su presidente,
DISPONGO:
Primero.-Se modifica el artículo 6 en el punto tercero, de la Orden de 20 de mayo de 1999, de protección de las razas bovinas autóctonas en peligro de extinción, de acuerdo con el Plan integral de mejora genética del ganado vacuno de Galicia, que queda redactado del siguiente modo:
«Ayuda a la recría: por cada hembra obtenida, cuando cumpla un año de edad: 50.000 ptas., comprometiéndose a mantener la hembra como mínimo hasta los 24 meses».
Segundo.-Se modifica el artículo 7 en el párrafo 2, de la Orden de 20 de mayo de 1999, de protección de las razas bovinas autóctonas en peligro de extinción, de acuerdo con el Plan integral de mejora genética del ganado vacuno de Galicia, que queda redactado del siguiente modo:
«El plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de noviembre de 1999».
Tercero.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 21 de octubre de 1999.
Cástor Gago Álvarez
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política
Agroalimentaria