De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la sociedad relacionada a continuación (que no pudo ser notificada en el último domicilio conocido que asimismo se indica), la resolución del expediente sancionador 32.037/1999, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio (edificio administrativo San Caetano nº 5, 15704 Santiago de Compostela) en el plazo de un mes a partir del siguiente día a la notificación. Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectiva, en período voluntario, en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de Caixa Galicia (2091), oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela; en otro caso se procederá sin más trámite a su exacción en vía ejecutiva, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior.
b) Las deudas notificadas entre los días dieciséis y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día veinte del mes siguiente o el inmediatamente hábil y posterior.
Expediente: 32037/1999.
Inculpado: Control Gas, S.C.
Domicilio: c/ Juan XXIII nº 8, entresuelo, oficina 9 (Ourense).
Sanción y motivos: un millón quinientas mil pesetas (1.500.000 ptas.). Irregularidades en prestación de servicio.
Fecha de resolución: 8-9-1999.
Ourense, 7 de octubre de 1999.
Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Servicio Provincial del Instituto Gallego de Consumo