La Corporación Municipal, en sesión plenaria celebrada el día 7-10-1999, acordó aprobar definitivamente el proyecto de modificación puntual de las normas subsidiarias del planeamiento municipal en los núcleos rurales de población.
Lo que se hace público a los efectos determinados en el artículo 70.2º de la Ley 7/1985, en consonancia con el 48.2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía adminsitrativa, se puede interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sin perjuicio de que pueda ejercerse, a su caso, cualquier otro recurso que se considere procedente.
O Incio, 8 de octubre de 1999.
Ángel Camino Copa
Alcalde