La entidad Artesáns Gandeiros, Sociedade Cooperativa Limitada, con domicilio social en calle Poeta Noriega Varela, nº 22, entreplanta, 27004 Lugo, ha solicitado el reconocimiento como Agrupación de Productores Agrarios (APA) para la comercialización de animales vivos de la especie bovina, conforme al Real decreto 280/1988, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 18 de marzo, y a la normativa comunitaria al respecto, relativa a las Agrupaciones de Productores y a sus Uniones.
Considerando que la citada cooperativa cumple las condiciones exigidas, y en consonancia con lo establecido en el artículo 30.I.1 y 3º del Estatuto de autonomía de Galicia, en uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,
ACUERDO:
Primero.-Reconocer como Agrupación de Productores Agrarios para la comercialización de animales vivos de la especie bovina a Artesáns Gandeiros, Sociedade Cooperativa Limitia, con ámbito territorial en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segundo.-Comunicar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación su reconocimiento para que pro
ceda a su inscripción en el registro general de Agrupaciones de Productores y sus Uniones.
Santiago de Compostela, 6 de octubre de 1999.
Cástor Gago Álvarez
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria