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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Lunes, 06 de septiembre de 1999 Pág. 10.958

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA (SALA DE LO CONT.-ADMTIVO., SEC. 2ª)

CÉDULA de notificación (6480/1997).

Isabel Freire Corzo, secretaria de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, certifico: que el recurso contencioso-administrativo nº 6480/1997, seguido a instancia de Rosa Mª Nagles Ortiz contra acuerdo del Gobierno Civil de A Coruña de 16-7-1997, sobre denegación de exención visado de residencia, se dictó auto en fecha 23-7-1999 cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice:

«A Coruña, veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve. El presente recurso contencioso-administrativo, registrado con el nº 02/0006480/1997, interpuesto por Rosa Mª Nagles Ortiz contra resolución de la Delegación del Gobierno en Galicia de 16-7-1997, denegatoria de la solicitud de exención de visado para la obtención del sobre permiso de trabajo y la autorización de residencia en España, con advertencia de abandonar el país, que dicha recurrente ha sido emplazada en legal forma para que se personase en el recurso en el modo y forma que determina el artículo 33 de la Ley jurisdiccional, confiriendo su representación a un procurador asistido de abogado o valiéndose tan sólo de abogado con poder al efecto; con apercibimiento de que, si así no lo verifica dentro del término de nueve días, se procedería sin más trámite al archivo de las actuaciones.

La sala acuerda el archivo de este recurso contencioso-administrativo nº 2/0006480/1997 interpues

to por Rosa María Nagles Ortiz contra resolución de la Delegación del Gobierno en Galicia de 16-7-1997, denegatoria de la solicitud de exención de visado para la obtención del permiso de trabajo y la autorización de residencia en España, con advertencia de abandonar el país.

Notifíquese que la presente resolución no es firme por ser susceptible del recurso de súplica en el plazo de cinco días».

Y para que conste, sirva de notificación al recurrente y su publicación en el DOG, expido y firmo el presente cédula en A Coruña a veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve.

La secretaria

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