Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de agencias marítimas, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 9 de julio de 1999, suscrito, en representación de la parte económica, por la Asociación de Empresas Consignatarias y Estibadores de Buques de la provincia de Pontevedra, y de la parte social, por las centrales sindicales UGT y CC.OO., en fecha 9 de julio de 1999; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta
delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 13 de julio de 1999.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
Tabla salarial
Grupos y categorías Salario mensual/ptas.
I. Titulados Titulado superior 159.785 Titulado medio: grupo A 142.910 Titulado medio: grupo B 133.266
II. Administrativos Jefe de sección 159.785 Jefe de negociado 142.910 Oficial administrativo 126.157 Auxiliar administrativo 96.367 Aspirante de 16 a 18 años 73.316
III. Subalternos Conserje, cobrador, ordenanza, portero y sereno 84.179 Botones de 16 a 18 años 73.316
IV. Servicios varios a) Categorías básicas Encargado de sección 108.568 Oficial de 1ª 104.373 Oficial de 2ª 99.137 Oficial de 3ª 95.722 Peón 95.722 Aprendiz de 16 a 18 años 73.316 b) Categorías asimiladas Conductor de camión 99.137 Conductor de turismo 99.137 Cosedor 94.589
Gratificación de cajeros, complementos de puestos de trabajo y personal Importe anual/ptas.
A) Gratificación de cajero, siempre que sea por quebranto de moneda 81.586 B) Apoderados 81.586 C) Complemento personal con conocimiento de idiomas extranjeros 81.586
Valor de la hora extra en día laborable y de la hora extra en sábado mañana, nocturno, sábado tarde, domingos y festivos para los distintos grupos y categorías del personal de agencias marítimas
sábado mañana
y nocturna/ptas. sábado tarde,
domingos y
festivos/ptas.Grupos y categorías Valor hora extra/ptas.
Hora extra/ptas. Hora extra
Hora extra
I. Titulados Titulado superior 1.777 2.143 2.822 Titulado medio: grupo A 1.568 1.882 2.509 Titulado medio: grupo B 1.464 1.777 2.353 II. Administrativos Jefe de sección 1.777 2.143 2.822 Jefe de negociado 1.568 1.882 2.509 Oficial administrativo 1.412 1.673 2.248 Aspirante de 16 a 18 años 837 993 1.307 III. Subalternos Conserje, cobrador, ordenanza, portero y sereno 941 1.150 1.516 Botones de 16 a 18 años 837 993 1.307 IV. Servicios varios a) Categorías básicas Encargado de sección 1.360 1.620 2.091 Oficial de 1ª 1.360 1.620 2.091 Oficial de 2ª 1.360 1.620 2.091 Oficial de 3ª 1.360 1.620 2.091 Peón 1.360 1.620 2.091 Aprendiz de 16 a 18 años 1.360 1.620 2.091 b) Categorías asimiladas Conductor de camión 1.360 1.620 2.091 Conductor de turismo 1.360 1.620 2.091 Manipulante 1.360 1.620 2.091
sábado mañana
y nocturna/ptas. sábado tarde,
domingos y
festivos/ptas.Grupos y categorías Valor hora extra/ptas.
Hora extra/ptas. Hora extra
Hora extra
Encargado de almacén o almacenero 1.360 1.620 2.091 Mozo de almacén 1.360 1.620 2.091 Cosedor 1.360 1.620 2.091