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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Martes, 31 de agosto de 1999 Pág. 10.775

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de agencias marítimas.

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de agencias marítimas, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 9 de julio de 1999, suscrito, en representación de la parte económica, por la Asociación de Empresas Consignatarias y Estibadores de Buques de la provincia de Pontevedra, y de la parte social, por las centrales sindicales UGT y CC.OO., en fecha 9 de julio de 1999; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta

delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 13 de julio de 1999.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Tabla salarial

Grupos y categoríasSalario mensual/ptas.

I. Titulados
Titulado superior159.785
Titulado medio: grupo A142.910
Titulado medio: grupo B133.266

II. Administrativos
Jefe de sección159.785
Jefe de negociado142.910
Oficial administrativo126.157
Auxiliar administrativo96.367
Aspirante de 16 a 18 años73.316

III. Subalternos
Conserje, cobrador, ordenanza, portero y sereno84.179
Botones de 16 a 18 años73.316

IV. Servicios varios
a) Categorías básicas
Encargado de sección108.568
Oficial de 1ª104.373
Oficial de 2ª99.137
Oficial de 3ª95.722
Peón95.722
Aprendiz de 16 a 18 años73.316
b) Categorías asimiladas
Conductor de camión99.137
Conductor de turismo99.137
Cosedor94.589

Gratificación de cajeros, complementos de puestos de trabajo y personalImporte anual/ptas.

A) Gratificación de cajero, siempre que sea por quebranto de moneda81.586
B) Apoderados81.586
C) Complemento personal con conocimiento de idiomas extranjeros81.586

Valor de la hora extra en día laborable y de la hora extra en sábado mañana, nocturno, sábado tarde, domingos y festivos para los distintos grupos y categorías del personal de agencias marítimas

Grupos y categoríasValor hora extra/ptas.

Hora extra/ptas.Hora extra

sábado mañana

y nocturna/ptas.

Hora extra

sábado tarde,

domingos y

festivos/ptas.

I. Titulados
Titulado superior1.7772.1432.822
Titulado medio: grupo A1.5681.8822.509
Titulado medio: grupo B1.4641.7772.353
II. Administrativos
Jefe de sección1.7772.1432.822
Jefe de negociado1.5681.8822.509
Oficial administrativo1.4121.6732.248
Aspirante de 16 a 18 años8379931.307
III. Subalternos
Conserje, cobrador, ordenanza, portero y sereno9411.1501.516
Botones de 16 a 18 años8379931.307
IV. Servicios varios
a) Categorías básicas
Encargado de sección1.3601.6202.091
Oficial de 1ª1.3601.6202.091
Oficial de 2ª1.3601.6202.091
Oficial de 3ª1.3601.6202.091
Peón1.3601.6202.091
Aprendiz de 16 a 18 años1.3601.6202.091
b) Categorías asimiladas
Conductor de camión1.3601.6202.091
Conductor de turismo1.3601.6202.091
Manipulante1.3601.6202.091

Grupos y categoríasValor hora extra/ptas.

Hora extra/ptas.Hora extra

sábado mañana

y nocturna/ptas.

Hora extra

sábado tarde,

domingos y

festivos/ptas.

Encargado de almacén o almacenero1.3601.6202.091
Mozo de almacén1.3601.6202.091
Cosedor1.3601.6202.091