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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Miercoles, 11 de agosto de 1999 Pág. 10.179

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 1 de julio de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se autoriza y se declara, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de urgente ocupación, la instalación eléctrica denominada L.M.T., C.T., R.B.T., Fechos-Soutomancos, en los ayuntamientos de Amoeiro y Ourense. (Expediente IN407A 98/146-3 A.T.).

Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Sáenz Díez nº 45, 32003 Ourense, solicitó de esta delegación provincial la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia.

En el expediente se cumplieron los trámites señalados en el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eletrico, y los reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en los capítulos III y IV del reglamento de aplicación de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, de aplicación al presente expediente según lo establecido por la disposición transitoria 1ª de la indicada Lei 54/1997.

En la fase de información pública presentó alegaciones el titular de la finca nº 10 de la relación de

afectados por no estar de acuerdo con el trazado. Dichas alegaciones fueron desestimadas por las razones que se notifican al afectado en escrito aparte y que no se transcriben en la presente resolución para evitar repeticiones.

Vista sobre el terreno la traza de la línea eléctrica proyectada, se observa que en la misma no se da ninguna de las prohibiciones o limitaciones a las que se refieren respectivamente los artículos 25 y 26 del citado Decreto 2617 y 2619/1966.

Siendo competente este organismo, con base en el Estatuto de autonómia de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidadad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por los decretos 2617 y 2619/1966.

RESUELVO:

1. Autorizar a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. el establecimiento de la instalación eléctrica que cuenta con los siguientes datos básicos:

-L.M.T. aérea a 20 kV de 302 m de longitud en conductor LA-56, con origen en el apoyo nº 25 de la L.M.T. existente O Carballiño-Santa Cruz de Arrabaldo y final en el C.T. aéreo proyectado tipo intemperie con 100 kVA, r/t 20.000/380-220 V, de Fechos. R.B.T. aérea del C.T. de Fechos 895 m y R.B.T. aérea de Soutomanco y ramal de 1.025 m, ambas en conductor R.Z.

2. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica autorizada, con las consecuencias establecidas en el artículo 54 de la Ley 54/1997, del sector eléctrico, de necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Igualmente llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las comunidades autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

3. Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forozosa, de 16 de diciembre de 1954, y 31 del Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique individualmente, de las fincas contnidas en la resolución de esta delegación provincial de 9 de julio de 1998, que se publicó en el DOG del 27 de agosto, en el BOP de Ourense del 22 de agosto y en el periódico local La Región de 3 de agosto.

Contra le presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio,

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicacion, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Ourense, 1 de julio de 1999.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense