Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Miercoles, 04 de agosto de 1999 Pág. 9.971

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 230/1999, de 15 de julio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto 245 P.O.L. 98 A Pastoriza, C.P. de la carretera Lindín-Meira por A Pastoriza y Reigosa a O Carrizal, p.k. 4,3 al 6,3.

La Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 1998, aprobó el proyecto de 245 P.O.L. 98 A Pastoriza C.P. de la carretera Lindín-Meira por A Pastriza y Reigosa a O Carrizal, p.k. 4,3 al 6,3 y en la sesión celebrada el día 22 de diciembre de 1998 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de los dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. La Diputación ha remitido documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente que tuvo entrada en la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 22 de junio de 1999.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 26 de marzo de 1999.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque las obras de referencia figuran en un programa de cooperación económica local y los terrenos son necesarios para la iniciación de las obras dentro de los plazos señalados por la normativa al respecto.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dipuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día quince de julio de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Lugo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras de proyecto 245 P.O.L. 98 A Pastoriza C.P. de la carretera Lindín-Meira por A Pastoriza y Reigosa a O Carrizal, p.k. 4,3 al 6,3.

Santiago de Compostela, quince de julio de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Carlos Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales