Por la Orden de 14 de abril de 1999 (DOG del 29 de abril) se ordenan y organizan las enseñanzas de bachillerato para adultos en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Al ser necesario incrementar la franja horaria establecida, con carácter general, para impartir las enseñanzas de bachillerato para adultos, de manera que se adapte el cuadro horario establecido en el anexo I de la mencionada orden, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
DISPONE:
Artículo único.-Modificar el artículo 4, apartado 2º, de la citada orden, en la página 5.092 (DOG nº 81, del 29 de abril de 1999), en los siguientes términos: donde dice «..., las enseñanzas de bachillerato podrán impartirse, con carácter general, entre las dieciséis horas y las veintidós horas, de lunes a viernes», deberá decir «... las enseñanzas de bachillerato podrán impartirse, con carácter general, entre las dieciséis horas y las veintidós treinta horas, de lunes a viernes».
Santiago de Compostela, 17 de junio de 1999.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria
Directores generales de Centros e Inspección
Educativa, y de Ordenación Educativa y Formación Profesional