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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Martes, 06 de julio de 1999 Pág. 8.700

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Cortizo Pieles y Curtidos, S.A., en el municipio de Padrón (A Coruña) y se aprueba su proyecto de ejecución. (Expediente 96/823).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Cortizo Pieles y Curtidos, S.A, con domicilio a efectos de notificaciones en el lugar de A Matanza s/n, en el municipio de Padrón (A Coruña), resultan los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero.-Con fecha 18 de diciembre de 1996, esta dirección general resolvió incluir la planta de cogeneración de 10.626 kW, en el municipio de Padrón, en el régimen especial creado por el R.D. 2366/1994,

de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables.

Segundo.-Con fecha 27 de julio y 17 de agosto de 1998, la empresa Cortizo Pieles y Curtidos, S.A solicita la autorización administrativa de la citada planta de cogeneración y la aprobación de su proyecto de ejecución, cuyas características básicas serán las siguientes:

-Dos motorores de combustión interna, con una potencia mecánica unitaria de 5.445 kW, alimentados por gasóleo/fuel-oil.

-Dos generadores síncronos trifásicos de 6.375 kVA cada uno de potencia nominal y tensión de generación de 6 kV.

-Dos transformadores elevadores, cada uno de 6,5 MVA y relación de transformación 6/20 kV. Un transformador reductor para servicios auxiliares.

-Instalaciones complementarias de aprovechamiento de calor/frío, de almacenamiento de combustible, de interconexión en M.T. con la compañía eléctrica distribuidora y de regulación, control y protección.

Tercero.-De conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó Resolución de 2 de septiembre de 1998 por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG del 11 de diciembre y en el BOP de A Coruña de 24-9-1998, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Cuarto.-El proyecto está informado favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña y cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y con las demás que le son de aplicación.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Autorizar la instalación de una planta de cogeneración a la empresa Cortizo Pieles y Curtidos, S.A, a situar en sus instalaciones del término municipal de Padrón, en la provincia de A Coruña.

Aprobar el proyecto de ejecución de la citada planta de cogeneración.

Cualquier modificación de las instalaciones autorizadas requerirá una nueva solicitud de autorización administrativa, de acuerdo con lo indicado en el artículo 17.4º del Real decreto 1775/1967, de 22 de julio, que fija el régimen de instalación, ampliación y traslado de las industrias en general.

Como requisito necesario para la aplicación a la citada instalación del régimen especial, el promotor

deberá inscribir la misma en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995 (DOG del 14 de julio), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 12 del R.D. 2818/1998, presentando la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de dicha orden.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, en su caso, la Dirección General de Industria.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación.

Santiago de Compostela, 9 de junio de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria