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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Miercoles, 23 de junio de 1999 Pág. 7.997

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 10 de junio de 1999 por la que se determina la relación de aglomeraciones urbanas sujetas al canon de saneamiento para usos domésticos.

La Ley 6/1998, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1999, establece en la disposición adicional tercera que con efectos de 1 de julio de 1999, se modifica el artículo 35 de la Ley 8/1993, de 23 de junio, reguladora de la Administración hidráulica de Galicia, que queda redactado en los siguientes términos:

«Estará exento del canon de saneamiento el consumo o la utilización de agua para usos domésticos en las aglomeraciones urbanas de menos de 2.000 habitantes, entendidas éstas como aquellas zonas geográficas formadas por uno o varios municipios, o parte de uno o varios de ellos, que por su población o actividad económica constituyan un foco de generación de aguas residuales que justifique la recogida y conducción a una instalación de tratamiento o a un punto de vertido final. Reglamentariamente se determinará la relación de aglomeraciones urbanas que, conforme a

lo antes dispuesto, no estarán exentas del canon de saneamiento. El límite del número de habitantes podrá ser variado anualmente en la Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma.».

De acuerdo con el mandato legal, por la presente orden se determina la relación de aglomeraciones urbanas sujetas al canon de saneamiento para los usos domésticos a partir de los datos de las previsiones del plan de saneamiento de Galicia.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo único.-Se aprueba la relación de aglomeraciones urbanas sujetas al canon de saneamiento para usos domésticos, que figura como anexo a la presente orden.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 1999.

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas

y Vivienda