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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Miercoles, 02 de junio de 1999 Pág. 6.836

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador C-170/98 (caza-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la propuesta de resolución, dictadas por la instructora en los expedientes que por infracciones a la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia, se tramitan en esta delegación.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados en plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de a publicación de esta notificación; podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 11 de mayo de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: C-170/98.

Denunciado: Manuel López Lara, domicilio San Jurjo Badía, 242-1º C, Vigo.

DNI: 36.066.414.

Hechos denunciados: llevar en el interior del vehículo PO-7046-BD, una escopeta de caza abierta, con dos

cartuchos en los cañones y un conejo muerto, a las 7.10 horas del día 21-11-1998, lugar N-550 (A Coruña-Tui), km 133,200-Arcade, término municipal de Soutomaior.

Fecha del acuerdo de la incoación: 9-3-1999.

Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.

Fecha de la propuesta de resolución: 9-4-1999.

Precepto infringido: 57.33º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Precepto sancionador: 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Sanción: 15.000 ptas.