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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 19 de abril de 1999 Pág. 4.528

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 24 de marzo de 1999 por la que se incluye el sarampión en la relación de enfermedades de declaración obligatoria urgente.

La Orden de 14 de julio de 1998, por la que se desarrolla el sistema básico de la Red Gallega de Vigilancia en Salud Pública, encuentra su justificación en la necesidad de sintonizar con los avances en la creación de una red europea de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles, y de hacer frente a la creciente importancia de las enfermedades emergentes y reemergentes.

En el marco de la iniciativa europea de eliminar el sarampión lo antes posible, la Consellería de Sanidad y Servicio Sociales va a poner en marcha durante este año un programa de eliminación del sarampión en Galicia, para lo que la Región Europea propone, entre otros, el siguiente objetivo: «Fortalecer la vigilancia del sarampión, que contará con un sistema de notificación obligatoria, con una definición estándar del caso, con la colaboración de laboratorios de microbiología y con un sistema de retroalimentación informativa de los datos sobre la enfermedad y la cobertura de vacunas».

Esto significa que, a diferencia de lo que venía ocurriendo en la etapa de reducción de la incidencia, para conseguir la eliminación del sarampión va a ser necesario detectar rápidamente cada uno de los casos en los que se tenga sospecha, para confirmar su origen en el sarampión y recolectar información sobre las circunstancias que aún permiten la transmisión de la infección.

Consecuentemente con todo lo anterior, y en uso de las facultades que me atribuyen los artículos 34.6º y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo único.

Incluir el sarampión en la relación de enfermedades que requieren declaración obligatoria urgente, recogida en el anexo III de la Orden de 14 de julio de 1998, por la que se desarrolla el sistema básico de la Red Gallega de Vigilancia en Salud Pública.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 1999.

José Mª Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales