Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo, se iniciaron con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio de Informes y Recursos lo que consideren conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 24 de febrero de 1999.
Alberto Eiras Martínez
Jefe de Servicio de Informes y Recursos de
la Dirección General de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Última dirección conocida -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador propuesta
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
C-4719-V
LE9OR0032413918 Sagrada Familia, 37-3º Iz.
157 A Coruña
23-10-1998; 9.31
C-1807-AT
LE9OR0033289433 M. Piñeiro Pose, 8
157 Laracha (A Coruña
15-12-1998; 11.12; N-550; 59
DX-00462-I-98
Empresa Vidal, S.L.
Realizar transporte público regular de viajeros de uso especial (escolar), al colegio privado Videlba (Perillo-Oleiros), con el vehículo matrícula C-4719-V, careciendo en el vehículo de libro de reclamaciones y de martillos rompecristales.
Artículo 4.3º del R.D. 2296/1983, Orden ministerial de 25 de octubre de 1990, sobre documentos de control en relación con el transporte de viajeros (BOE nº 260, del 30) 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 60.000 ptas.
DX-00568-I-98
Fa Nogueira Castro
Realizar transporte de mercancías (papel) con el vehículo matrícula C-1807-AT, que está provisto de autorización de la serie MDL-T, que presenta un peso total en báscula de 4.650 kilogramos, estando autorizado para un P.M.A. de 3.500 kilogramos, lo que supone realizar tarnsporte con un exceso de 1.150 kilogramos que representan un 32% de exceso sobre su peso máximo autorizado.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 ptas.
1792