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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miercoles, 17 de marzo de 1999 Pág. 3.091

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 1999 por la que se convoca un curso sobre gestión y administración de personal en la Administración local.

Dentro del plan de actividades de la EGAP para 1999, y de acuerdo con las funciones atribuídas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la

Escuela, y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se convoca un curso sobre gestión y Administración de personal en la Administración local que deberá desarrollarse de acuerdo a las siguientes bases:

Primera.-Objetivos.

Actualización de conocimientos en la materia, y análisis de las peculiaridades que presenta actualmente la gestión de recursos humanos en las entidades locales.

Segunda.-Destinatarios.

Personal al servicio de las corporacións locales, preferentemente de los grupos A y B que desarrollen tareas de responsabilidad en materia de personal.

Tercera.-Solicitudes.

1. Las personas que deseen participar en el curso programado deberán solicirtalo en el modelo oficial de solicitud que figura al final de la convocatoria, cubierta en todos los epígrafes. Cuando solicite el curso más de un interesado de la mísma corporación, el responsable de personal podrá especificar la orden de preferencia. En el caso de que no se especifique, la EGAP aplicará los criterios de selección a los que se hace referencia en la base séptima.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección será motivo de exclusión automática.

Cuarta.-Tramitación de solicitudes.

Las solicitudes irán dirigidas al director de la Escuela Gallega de Administración Pública y se presentaran en el Registro de la EGAP, polígono de As Fontiñas s/n, 15707 Santiago de Compostela, o se tramitarán por cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Seguidamente se efectuará la selección de los participantes y esta se notificará directamente a los admitidos.

Quinta.-Plazo.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.

Sexta.-Requisitos de los participantes.

El cumplimiento del requisito exigido en la base segunda deberá acreditarse mediante certificación expedida conforme al modelo oficial que figura como anexo I de esta resolución.

Séptima.-Selección.

Los criterios de selección, dirigidos a conciliar las necesidades de la organización en la que prestan servicios los aspirantes y los intereses individuales de estes, tendrán en cuenta la mayor relación del puesto de trabajo desempeñado con el contenido del curso. Tendrán preferencia aquellos que no realizasen algún curso de similares características al convocado.

En cualquier caso, los criterios de selección se sujetarán a las directrices señaladas en la Resolución de 27 de junio de 1994 (DOG nº 149 del 3-8-94), por la que se hacen públicos los criterios de participación en las actividades docentes de la EGAP.

Octava.-Modificaciones.

La EGAP podrá modificar el desarrollo y el contenido del curso anunciado para adaptarlo a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La EGAP se reserva la facultad de anular el curso si el escaso número de solicitudes no justificase su realización. Se fija en 15 el número mínimo de asistentes.

Novena.-Desarrollo.

1. Duración: 30 horas.

2. Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP.

3. Fechas: del 6 de abril al 6 de mayo, todos los martes y jueves laborables.

4. Horario: de 17 a 20 horas.

5. Plazas: 30.

Décima.-Certificado de asistencia.

Se otorgará certificado de asistencia a los alumnos que participen con regularidad en el curso, y es obligatoria la asistencia a todas las sesiones. Toda inasistencia deberá ser justificada convenientemente, sin que pueda exceder en ningún caso del 15% de las horas lectivas programadas.

Una inasistencia superior al 15% de las horas lectivas programadas, aún que sea justificada, impedirá la expedición del correspondiente certificado.

Onceava.-Valoración.

A los efectos de lo establecido en la resolución del INAP de 26 de octubre de 1994, BOE nº 267, del 8 de abril y corrección de errores, BOE nº 311, del 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimento de lo establecido en la orden del Ministerio para las Administracións Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,60 puntos.

Doceava.-Contenido.

El autogobierno local. El régimen jurídico de la función pública local.El personal al servicio de las entidades locales. El ingreso en la Administración local. La promoción profesional y la provisión de puestos de trabajo. Los planes de empleo público. Las situaciones administrativas del personal. La valoración, calificación y clasificación de los puestos de trabajo. El régimen disciplinario. La negociación colectiva del personal al servicio de la Administración local. La contratación del personal laboral. Las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración local. El sistema retributivo. La Seguridad Social.

Santiago de Compostela, 10 de marzo de 1999.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Don/a responsable de los servicios de personal en la entidad local

Certifico:

Que Don/a , en el desempeño de su puesto de trabajo realiza tareas directamente relacionadas con el contenido del curso solicitado.

........., ........ de ............ 1999.

Fdo.: ......................