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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 12 de marzo de 1999 Pág. 2.907

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se autoriza y se declara, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de urgente ocupación, la instalación eléctrica denominado L.M.T., C.T. y R.B.T. Carballo-Cimadevila-San Cristovo, en el ayuntamiento de Chandrexa de Queixa.(Expediente IN407A 98/117-3 A.T.)

Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio para efectos de notificaciones en la c/ Sáenz Díez nº 45, 32003-Ourense, solicitó de esta delegación provincial la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia.

En el expediente se cumplieron los trámites señalados en el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en los capítulos III y IV del reglametno de aplicación de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, de aplicación al presente expediente según lo establecido por la disposición transitoria 1ª de la indicada Lei 54/1997 sin que se presentaran alegaciones ni oposición a la traza de la línea en la fase de información pública.

Vista sobre el terreno la traza de la línea eléctrica proyectada, se observa que en la misma no se da ninguna de las prohibiciones o limitaciones a las que se refieren respectivamente los artículos 25 y 26 del citado decreto 2619/1966.

Siendo competente este organismo, con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Adminsitrción del Estado a la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por los decretos 2617/1966 y 2619/1966,

RESUELVO:

1. Autorizar a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. el establecimiento de la instalación eléctrica que cuenta con los siguientes datos básicos:

-L.M.T. aérea a 20 kV, de 1975 m de lonxitud en conductor LA-56, con origen en la L.M.T. San Cristovo-Rabal y final en el C.T. Valdemiotos.

-L.M.T. aérea a 20 kV de 54 m de longitud en conductor LA-56, con origen en el apoyo nº 5 de la L.M.T a C.T. Valdemiotos y final en el C.T San Cristovo.

-L.M.T. aérea a 20 kV, de 548 m de longitud en conductor LA-56, con origen en el apoyo nº 20 de la L.M.T a C.T Valdemiotos y final en el C.T con 100 kVA, r/t 20.000/380-220 V. de Casa Núñez.

L.M.T. aérea a 20 kV de 608 m de longitud en conductor LA-56, con origen en el apoyo nº 20 de la L.M.T. a C.T Valdemiotos y final en el C.T. con 50 kVA, r/t 20.000/380-220 V, de Airas.

-3 R.B.T. aéreas en conductor R.Z. de 255, 1.224 e 847 metros de longitud y con origen en el C.T. Valdemiotos, C.T. Casa Núñez y C.T. Carballo respectivamente.

2. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica autorizada, con las consecuencias establecidas en el artículo 54 de la Ley 54/1997, del sector eléctrico, de necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Igualmente llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las comunidades autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

3. Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de los dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 31 del reglamento de la Lei 10/1966, de 18 de marzo, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada intersado se le notifique individualmente, de las fincas contenidas en la resolución de esta delegación provincial de 20 de mayo de 1998, que se publicó en el DOG del 13-7-1998, en el BOP de Ourense de 15-7-1998 y en el periódico local La Regiónde 13-6-1998.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo conmún.

Ourense, 1 de febrero de 1999.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense