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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miercoles, 10 de marzo de 1999 Pág. 2.788

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la notificación de los acuerdos de iniciación de expedientes sancionadores por infracciones en materia de espectáculos públicos que se citan. (Expediente LU-E 1/1999 y ocho más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan, a quienes no ha podido hacerse por correo certificado, los acuerdos de inciciación dictados en los expedientes de sanción, por infracciones en materia de espectáculos públicos; su número se cita en el anexo.

Se designa instructor del expediente al jefe del Servicio de Justicia, Administración Local e Interior, Rafael López Charques y secretaria a la jefa de Negociado, Inés Docando Casanova, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse algún supuesto de los que determina el artículo 29 de la Ley 30/1992 (BOE del 27 de noviembre).

El interesado dispodrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente en el Servicio de Justicia, Administración Local e Interior de esta delegación provincial y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o pruebas, considere convenientes en defensa de sus derechos, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad, tal como lo establecido el artículo 13 d) del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

En caso de que decida no efectuar alegaciones en el plazo indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real

decreto 1398/1993 (BOE del 9 de agosto), determinándose para estos efectos el importe de la sanción.

Será competente para la imposición de la sanción el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en Lugo, según lo

establecido en la Orden de 26 de septiembre de 1996, de la citada consellería (DOG del 30 de septiembre).

Lugo, 2 de febrero de 1999.

José Mª Fernández Olea

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

NombreDNI/NIFNº expedientePrecepto infringidoÚltimo domicilioMulta máxima

Diyelo, S.L.B-27.168.061LU-E 1/199926 e) LO 1/1992Paseo Malecón, s/n, MonforteHasta 50.000 ptas.

Koke Vilalba, S.L.B-27.206.416LU-E 2/199926 e) LO 1/1992c/ Cidade de Viveiro, VilalbaHasta 50.000 ptas.

Luis Vázquez Rguez.78.780.992LU-E 3/199926 e) LO 1/1992Suafonte, 31, BurelaHasta 50.000 ptas.

José Eduardo Fdez. Palacios33.825.003LU-E 4/199926 e) LO 1/1992Montero Ríos, 25-27, LugoHasta 50.000 ptas.

Koke Vilalba, S.L.B-27.206.416LU-E 10/199926 e) LO 1/1992c/ Cidade de Viveiro, VilalbaHasta 50.000 ptas.

Minimal Pub, S.L.B-27.219.690LU-E 11/199926 e) LO 1/1992c/ Galicia, 9, LugoHasta 50.000 ptas.

Koke Vilalba, S.L.B-27.206.416LU-E 12/199926 e) LO 1/1992c/ Cidade de Viveiro, VilalbaHasta 50.000 ptas.

Luis Vázquez Rodríguez78.780.992LU-E 16/199926 e) LO 1/1992Suafonte, 31, BurelaHasta 50.000 ptas.

Mª Carmen Álvarez Pérez76.938.963LU-E 18/199926 e) LO 1/1992Avda. Calvo Soteo, 30, RibadeoHasta 50.000 ptas.