En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que, en el correspondiente servicio de esta dirección general, fueron depositados acta de constitución y de los estatutos de la Asociación Club Español de Circos, que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán ser miembros de la asociación todas las personas que tengan interés en servir a los fines de la misma y sean admitidos por la junta directiva.
Firman el acta de constitución: Ricardo Vázquez Tapia y Pablo Carcaño de Castro.
Santiago de Copostela, 10 de febrero de 1999.
José Mª Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales