De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), se notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del recurso ordinario del expediente 15-675/1997, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, previa comunicación a este servicio, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a esta notificación.
Si no fuese recurrida en el citado plazo, la sanción derivará firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectiva en período voluntario, en el subsiguiente plazo de 15 días hábiles en cualquier entidad financiera, en la cuenta nº 3110001136 de Caixa Galicia (2091), Oficina de Relación con Organismos (0388), Santiago de Compostela.
Expediente: 15-675/1997.
Denunciado: Muebles San Caetano, Francisco Ribeiro Martíns.
Domicilio: Rego da Moa, Fene.
Sanción y motivos: 50.000 ptas. (cincuenta mil pesetas) por venta defectuosa.
Fecha de la resolución: 18 de diciembre de 1998.
A Coruña, 2 de febrero de 1999.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial del Instituto Gallego
de Consumo