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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Miercoles, 10 de febrero de 1999 Pág. 1.512

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO

CÉDULA de 1 de diciembre de 1998 por la que se notifica el laudo de la Junta Arbitral de Consumo de Galicia de 7 de octubre de 1998 a la empresa Galaicagas, S.L. por ser devuelto por el servicio de correos por resultar rehusado por el destinatario.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se pone en conocimiento de la empresa Galaicagás, S.L. el laudo arbitral dictado el día 7 de octubre de 1998, por el Colegio Arbitral nombrado para resolver la reclamación formulada por Alfonso Corujo Viaño contra dicha empresa.

Empresa: Galaicagás, S.L.

Dirección: calle Hórreo, 15-17 (bajo), Santiago de Compostela.

Laudo:

«El Colegio Arbitral, entrando en el estudio de la solicitud de arbitraje y según su leal saber y entender, pronunció el siguiente laudo:

Se estima la reclamación presentada por Alfonso Corujo Viaño por quedar demostrado que tenía la revisión periódica pasada, sin defectos, con fecha 16 de octubre de 1997.

Por lo que, a la empresa reclamada se le exige la devolución del importe de la factura número 147 por 3.550 pesetas.

Dicho laudo fue adoptado por unanimidad.

El plazo para el cumplimiento de este laudo es de 15 días a partir de su notificación.

Notifíquese a las partes el presente laudo, haciéndoles saber que tiene carácter vinculante y ejecutivo y que es eficaz desde el día de su notificación, así como que contra este, cabe el recurso de anulación de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 y siguientes de la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de arbitraje».

Dentro de los cinco días siguientes a la notificación podrá pedir al Colegio Arbitral que corrija cualquier error de cálculo, de copia, tipográfico o similar o que aclaren algún concepto oscuro u omisión del laudo.

Pontevedra, 1 de diciembre de 1998.

José Mª Muiños Mayoral

Secretario del Colegio Arbitral