De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a Manuel Gómez Otero la siguiente resolución emitida por el conselleiro de Medio Ambiente:
Por incumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y 12 de la Orden de 31 de enero de 1995 de ayudas a medidas forestales en la agricultura, se acuerda anular la ayuda aprobada a Manuel Gómez Otero, con fecha 23 de febrero de 1996, por valor de 1.303.561 pesetas, en el expediente de subvención nº 11360157/95.
El importe a devolver es de 294.580 ptas. en concepto de subvención y de 85.600 ptas. en concepto de prima de mantenimiento, por lo que, el importe total a devolver asciende a la cantidad de 380.180 ptas.
Contra dicha resolución, que es firme y pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación y después de comunicarlo a esta consellería, de conformidad con el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 1998.
Tomás Femández-Couto Juanas
Director general de Montes y Medio Ambiente
Natural