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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Martes, 01 de diciembre de 1998 Pág. 12.883

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 1998, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 67/1998).

Vista la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideran de necesaria expropiación, así como la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:

Solicitante: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.

Domicilio social: Avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: L.M.T., C.T. y R.B.T. Cazuín (Aranga).

Línea eléctrica aérea a 15/20 kV con una longitud de 1,105 km, con origen en la L.M.T. a C.T. Castromil (expediente 33718), y final en el centro de transformación proyectado Cazuín, con potencia de 50 kVA 15.000/380-220 V tipo intemperie y una red de baja tensión de 0,008 km de longitud con conductor tipo R.Z. y apoyos de hormigón.

La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 8-6-1998, en el BOP del 27-5-1998 en el periódico La Voz de Galicia del 20-5-1998, y en el tablón de anuncios de la casa consistorial de Aranga, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

Por personal facultativo de esta delegación se ha comprobado que, la línea a su paso por las fincas relacionadas en la información pública, no incurren en los supuestos de prohibición y limitación de constitución de servidumbre de paso, contemplados en el artículo 57 de la Ley 54/1997 y artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar la utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

A Coruña, 8 de octubre de 1998.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña