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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Jueves, 26 de noviembre de 1998 Pág. 12.729

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone la publicación del acuerdo de apertura y del pliego de cargos formulados en el expediente sancionador P-41/1998, incoado al amparo de la Ley 14/1985.

En esta delegación provincial se sigue expediente sancionador número P-41/1998, contra Óscar Troncoso Poceiro y Julio Iglesias, por presunta infracción de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, en el que se resolvió, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, publicar el acuerdo de apertura y el pliego de cargos, por resultar desconocido el domicilio de Julio Iglesias.

Acuerdo de apertura

El director general de Interior, por delegación del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, con fecha 9 de septiembre de 1998, adoptó el siguiente acuerdo:

«1º.-Incoar expediente sancionador, de conformidad con lo establecido en la Ley 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite o azar:

-Al titular de la máquina Julio Iglesias, DNI: 10.037.336.

-Al titular del establecimiento Óscar Troncoso Poceiro, DNI: 35.398.085.

2º.-Nombrar instructora y secretaria del mismo respectivamente, a:

-Maria Jesús Padín García y

-Lucía Rosa Clavero Paradiñeiro.

3º.-Adoptar como medida provisional la confirmación del precinto de las máquinas tipo A, modelo Vídeo Líder, M.152.A01895.1 y otra modelo Vídeo Jeux, Z.28.A2016.-92, en razón a carecer de la mínima documentación exigida legalmente para su instalación.»

Pliego de cargos

1º-Tener el titular de la máquina Julio Iglesias y Óscar Troncoso Poceiro instalada, el día 24 de julio de 1998, en el establecimiento denominado Cafetería Hotel Pinar, sito en c/ Gondar, número 6, Vilalonga, del municipio de Sanxenxo, dos máquinas recreativas tipo A, un máquina modelo Vído Líder, M.152.A01895.1 y otra, modelo Vídeo Jeux, Z.28A.2016.-92; ambas máquinas carecían de todos los documentos necesarios para su explotación, incluidas las placas de identificación.

2º.-Tales hechos poden ser constitutivos de una infracción muy grave o grave tipificada en el artículo 28 y siguientes de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, (reguladora de los juegos y apuestas de Galicia), modificada por la Ley 7/1991, de 19 de junio (de tributación sobre el juego, disposición adicional tercera).

Lo que se notifica de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite o azar, disponiendo el interesado de un plazo de ocho días a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda presentar pliego de descargos, en el que podrá solicitar el recibimiento a pruega del expediente en la forma prevenida en el apartado 2.b) de dicho precepto legal.

Pontevedra, 26 de octubre de 1998.

P.A

María Jesús Padín García

Instructora