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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Jueves, 19 de noviembre de 1998 Pág. 12.478

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

CÉDULA de 28 de octubre de 1998, del Servicio Provincial de Costas de Pontevedra, de notificación del acuerdo de incoación del expediente sancionador 71.2/98, por presunta infracción a la legislación de costas.

De conformidad con el artículo 59.4º de la Ley 30/l992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo I, el acuerdo del delegado provincial de esta consellería en Pontevedra, por el que se ordena la incoación del expediente sancionador por los hechos señalados, presumiblemente constitutivos de una infracción a la Ley 22/1988, de costas (en lo sucesivo L.C.) y de su Reglamento (en lo sucesivo R.C.), nombrándose instructor a Alfonso Fernández Fernández y secretario a Alfonso Santiago Domínguez, ambos funcionarios del Servicio Provincial de Costas de esta delegación provincial; y se adoptan las medidas provisionales especificadas.

Los nombramientos del instructor y del secretario podrán ser impugnados por las causas establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Contra la orden de paralización podrá interponerse recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

En virtud del anterior acuerdo, el instructor del expediente formuló pliego de cargos del que se relacionan en el anexo II, los preceptos infringidos, sancionadores y la posible cuantía de la sanción por los hechos imputados, disponiendo el expedientado de un plazo de diez (10) días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para formular alegaciones y proponer, en su caso, la práctica de aquellas pruebas que estime pertinentes para la determinación de los hechos, tal como dispone el artículo 194.8º del Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley de costas, aprobado por el Real decreto 1471/1989 y modificado por los reales decretos 1112/1992 y 1771/1994 (en adelante R.C.).

Consta en el expediente valoración de las obras realizadas por la arquitecta técnica del Servicio Provincial de Costas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de no presentar alegaciones dentro del plazo señalado, el acuerdo de incoación en relación con el pliego de cargos formulado por el instructor se considerará propuesta de resolución.

Pontevedra, 28 de octubre de 1998.

Guillermo Sáez Díaz

Jefe del Servicio Provincial de Costas

ANEXO I

Expediente número: 71.2/98.

Denunciado/a: Alfredo Rubén Bozzola.

Condición: director de obra.

Último domicilio conocido: Avda. de la Hispanidad, nº 66-6º Vigo.

Fecha del acuerdo: 9-10-98.

Hechos: ampliación de planta baja, adición de planta primera y ático habitable en vivienda existente, construcción de tres soleras de hormigón, construcción

de un cierre de piedra y ejecución de un desmonte.

Lugar: Lourido.

Ayuntamiento: Poio.

Circunstancias modificativas: si el presunto infractor corrige en un plazo de quince (15) días la situación creada por los hechos que son objecto de este expediente, podrá reducirse hasta la mitad la cuantía de la multa que pudiera imponerse, según los artículos 97.3º de la L.C. y 187.1º del R.C.

ANEXO II

Preceptos infringidos: artículos 25.1º a), 25.2º y 26.1º de la L.C. y artículos 45.1º a), 46.1º y 48.1º del R.C. y DD.TT. cuarta 2.c) y decimotercera 1.c) del R.C.

Preceptos sancionadores: artículo 90.c) de la L.C. y artículo 174.c) del R.C.

Calificación y cuantía de la posible sanción: artículos 91.2º.e) y 97.1º de la L.C. y artículos 175.2º.e) y 183 b) en relación con el artículo 184 del R.C., pudiendo recaer una multa del 25% del valor de las obras ejecutadas.